Extret de la web laboro-spain.blogspot.com
Ayer publicaron en kaosenlared un documento que se supone que contiene las
líneas maestras de la que va a ser la segunda reforma laboral en un año, que
este viernes será aprobada en el consejo de ministros. Al menos eso anunció el
vicepresidente hace pocos días.
Materia. Lo que dice el documento. Traducción para que lo entiendas.
Ultraactividad. "... modificar los actuales sistemas de solución extrajudicial
de conflictos para incluir entre ellos el sometimiento a arbitraje, tras la
mediación correspondiente sin efecto, cuando se agoten los plazos de negociación
que deben prever los convenios colectivos como contenido mínimo [...] el acuerdo
logrado a través de la mediación y el laudo arbitral tengan la naturaleza
jurídica y eficacia de convenio colectivo y que puedan ser recurridos ante la
jurisdicción social, por los procedimientos y causas previstos para el convenio
colectivo." Cuando finalice un convenio, parece que seguirá vigente de momento,
pero si no hay acuerdo rápido decidirá un árbitro.
Flexibilidad. "El convenio colectivo sectorial es el espacio adecuado para
ordenar el uso flexible en la empresa de elementos como el tiempo de trabajo y
la movilidad funcional en un sentido complementario a las previsiones legales,
de forma que su regulación convencional desincentive el uso de la extinción de
la relación laboral como instrumento para la adecuación de la capacidad
productiva al ciclo. A tal efecto, el convenio sectorial deberá, como contenido
mínimo, regular criterios, causas, procedimientos, periodos temporales y
periodos de referencia para la movilidad funcional, tiempo de trabajo (bolsa de
horas, distribución irregular de la jornada y la modificación del calendario
laboral) en el ámbito de la empresa. [...] se acudirá a la Comisión Paritaria
correspondiente y, de persistir el conflicto a los sistemas de solución
extrajudicial de conflictos" No hace falta despedir al trabajador porque cuesta
dinero. Es más fácil joderle el horario para que se vaya solo. Así tampoco se le
paga paro. Si no está de acuerdo no podrá recurrir al juez.
Descuelgue salarial. "El modelo, no obstante, debe afrontar en la actualidad
situaciones extraordinarias de la economía internacional y española en el marco
de la Unión Europea que contribuya a la viabilidad de las empresas y sectores.
Por ello, debe compaginar la negociación salarial con el mantenimiento del
empleo cuando se den dichas circunstancias. [...] la negociación se realizará en
el ámbito de la Comisión Paritaria correspondiente y, en su defecto, se
aplicarán los procedimientos de solución extrajudicial de conflictos." Si las
cosas van bien no se reparten beneficios. Si van mal, podrán congelarte el
sueldo y en el peor de los casos incluso bajártelo. Si no te gusta no podrás
acudir al juez.
Absentismo. "La mejora de la colaboración de las mutuas con la administración de
la Seguridad Social y los servicios públicos de salud, para el control de los
procesos y el acortamiento del tiempo de recuperación de la salud, con el
consiguiente efecto derivado sobre los costes empresariales." ¿Hace falta decir
más? A buen entendedor...
¿Esto es lo que se va a aprobar el viernes? Es mucho más probable que el texto
definitivo sea peor todavía para los trabajadores. Eso es lo que ha pasado
siempre. Un día habría que publicar un estudio histórico de la evolución desde
1980 del Estatuto de los Trabajadores en las materias con miga: contratos,
despidos, extinciones, modificación de condiciones, horas extras... Veréis qué
ilustrativo queda. Suscribiéndose se reciben los artículos gratis.
Por supuesto, estas extrajudicializaciones podrían ser anticonstitucionales. El
art.24 de la CE dice: "Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela
efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses
legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión." Pero ahora va
a resultar que cualquiera puede demandar a su vecino por poner la tele alta pero
no va a poder demandar a su empresa por bajarle la categoría y el sueldo y
cambiarle al turno de noche.
Hay que ver lo que le jode a la patronal que en los últimos años los jueces
hayan facilitado la reducción voluntaria de jornada, hayan establecido que las
vacaciones nunca se pierden cuando coinciden con una baja, hayan hecho casi
imposible el despido disciplinario procedente, hayan impuesto indemnizaciones
millonarias por acoso laboral, hayan declarado improcedentes miles de despidos
objetivos o hayan permitido anular los preavisos de baja voluntaria.
El objetivo fundamental de la patronal está clarísimo: los beneficios son
exclusivos de las empresas pero los riesgos y pérdidas se comparten con los
trabajadores. Las reformas están simplemente cambiando el reparto del pastel y
su sabor pero no están cambiando ni los ingredientes ni el tamaño del pastel.
Las reformas futuras irán en el mismo camino.
El pasado día 25/5/11 se publicó el artículo "Ya está aquí otra reforma laboral
mucho peor y no lo sabías", que es el más recomendado en las redes sociales de
los publicados hasta hoy en Laboro. Lee el artículo y decide por ti mismo si era
alarmista, si estaba bien encaminado y si los usuarios de Facebook, Twitter,
Bitácoras, etc. tenían razón o no en su recomendación.
Por cierto, quien quiera leer el documento famoso tendrá que visitar la noticia
publicada por kaosenlared. Está en la esquina superior derecha. En Laboro se
respetan los derechos de autor de la misma forma que se pide que los demás hagan
lo mismo.
Ayer publicaron en kaosenlared un documento que se supone que contiene las
líneas maestras de la que va a ser la segunda reforma laboral en un año, que
este viernes será aprobada en el consejo de ministros. Al menos eso anunció el
vicepresidente hace pocos días.
Materia. Lo que dice el documento. Traducción para que lo entiendas.
Ultraactividad. "... modificar los actuales sistemas de solución extrajudicial
de conflictos para incluir entre ellos el sometimiento a arbitraje, tras la
mediación correspondiente sin efecto, cuando se agoten los plazos de negociación
que deben prever los convenios colectivos como contenido mínimo [...] el acuerdo
logrado a través de la mediación y el laudo arbitral tengan la naturaleza
jurídica y eficacia de convenio colectivo y que puedan ser recurridos ante la
jurisdicción social, por los procedimientos y causas previstos para el convenio
colectivo." Cuando finalice un convenio, parece que seguirá vigente de momento,
pero si no hay acuerdo rápido decidirá un árbitro.
Flexibilidad. "El convenio colectivo sectorial es el espacio adecuado para
ordenar el uso flexible en la empresa de elementos como el tiempo de trabajo y
la movilidad funcional en un sentido complementario a las previsiones legales,
de forma que su regulación convencional desincentive el uso de la extinción de
la relación laboral como instrumento para la adecuación de la capacidad
productiva al ciclo. A tal efecto, el convenio sectorial deberá, como contenido
mínimo, regular criterios, causas, procedimientos, periodos temporales y
periodos de referencia para la movilidad funcional, tiempo de trabajo (bolsa de
horas, distribución irregular de la jornada y la modificación del calendario
laboral) en el ámbito de la empresa. [...] se acudirá a la Comisión Paritaria
correspondiente y, de persistir el conflicto a los sistemas de solución
extrajudicial de conflictos" No hace falta despedir al trabajador porque cuesta
dinero. Es más fácil joderle el horario para que se vaya solo. Así tampoco se le
paga paro. Si no está de acuerdo no podrá recurrir al juez.
Descuelgue salarial. "El modelo, no obstante, debe afrontar en la actualidad
situaciones extraordinarias de la economía internacional y española en el marco
de la Unión Europea que contribuya a la viabilidad de las empresas y sectores.
Por ello, debe compaginar la negociación salarial con el mantenimiento del
empleo cuando se den dichas circunstancias. [...] la negociación se realizará en
el ámbito de la Comisión Paritaria correspondiente y, en su defecto, se
aplicarán los procedimientos de solución extrajudicial de conflictos." Si las
cosas van bien no se reparten beneficios. Si van mal, podrán congelarte el
sueldo y en el peor de los casos incluso bajártelo. Si no te gusta no podrás
acudir al juez.
Absentismo. "La mejora de la colaboración de las mutuas con la administración de
la Seguridad Social y los servicios públicos de salud, para el control de los
procesos y el acortamiento del tiempo de recuperación de la salud, con el
consiguiente efecto derivado sobre los costes empresariales." ¿Hace falta decir
más? A buen entendedor...
¿Esto es lo que se va a aprobar el viernes? Es mucho más probable que el texto
definitivo sea peor todavía para los trabajadores. Eso es lo que ha pasado
siempre. Un día habría que publicar un estudio histórico de la evolución desde
1980 del Estatuto de los Trabajadores en las materias con miga: contratos,
despidos, extinciones, modificación de condiciones, horas extras... Veréis qué
ilustrativo queda. Suscribiéndose se reciben los artículos gratis.
Por supuesto, estas extrajudicializaciones podrían ser anticonstitucionales. El
art.24 de la CE dice: "Todas las personas tienen derecho a obtener la tutela
efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses
legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión." Pero ahora va
a resultar que cualquiera puede demandar a su vecino por poner la tele alta pero
no va a poder demandar a su empresa por bajarle la categoría y el sueldo y
cambiarle al turno de noche.
Hay que ver lo que le jode a la patronal que en los últimos años los jueces
hayan facilitado la reducción voluntaria de jornada, hayan establecido que las
vacaciones nunca se pierden cuando coinciden con una baja, hayan hecho casi
imposible el despido disciplinario procedente, hayan impuesto indemnizaciones
millonarias por acoso laboral, hayan declarado improcedentes miles de despidos
objetivos o hayan permitido anular los preavisos de baja voluntaria.
El objetivo fundamental de la patronal está clarísimo: los beneficios son
exclusivos de las empresas pero los riesgos y pérdidas se comparten con los
trabajadores. Las reformas están simplemente cambiando el reparto del pastel y
su sabor pero no están cambiando ni los ingredientes ni el tamaño del pastel.
Las reformas futuras irán en el mismo camino.
El pasado día 25/5/11 se publicó el artículo "Ya está aquí otra reforma laboral
mucho peor y no lo sabías", que es el más recomendado en las redes sociales de
los publicados hasta hoy en Laboro. Lee el artículo y decide por ti mismo si era
alarmista, si estaba bien encaminado y si los usuarios de Facebook, Twitter,
Bitácoras, etc. tenían razón o no en su recomendación.
Por cierto, quien quiera leer el documento famoso tendrá que visitar la noticia
publicada por kaosenlared. Está en la esquina superior derecha. En Laboro se
respetan los derechos de autor de la misma forma que se pide que los demás hagan
lo mismo.
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