jueves, 30 de junio de 2011

Los fraudes a los informáticos. Episodio 3.

Cesión Ilegal.

La cesión ilegal de trabajadores está tan extendida dentro del mundo de los
informáticos que pocos trabajadores se dan cuenta de que la están sufriendo y
tampoco de las grandes ventajas que pueden obtener demandando en el momento
adecuado.

La cesión ilegal está tipificada en el art.43 del Estatuto de los Trabajadores,
pero su redacción tiende a confundir a los no profesionales del tema laboral y
más aún a los trabajadores. Por tanto en este artículo se intentará una "traducción"
comprensible. En esta explicación se llamará "empresa principal" a la que te
paga y "empresa cliente" a aquella en la que trabajas realmente. En resumen, hay
cesión ilegal cuando se dan una o más de la siguientes características:

Trabajas como informático en una empresa cliente que no se dedica a la
informática ni a nada parecido. Por ejemplo, eres el típico informático
subcontratado en una fábrica de muebles y tus labores son el mantenimiento de
los ordenadores, enseñar a la Paqui a subarayar con el Word y cosas así.

Tu empresa no tiene prácticamente actividad propia, sino que casi toda su
actividad consiste en proporcionar informáticos a otras empresas. El típico caso
en el que despiden a los informáticos cuando "no tenemos cliente para ti".

Siempre trabajas en el local de la empresa cliente.

Quien controla tu trabajo y te da las órdenes de trabajo es la empresa cliente.

Quien decide tu horario, vacaciones, permisos, etc. es la empresa cliente.

Trabajas con los medios y materiales de la empresa cliente.

Tu empresa principal no corre ningún riesgo.

Para trabajar te proporcionan medios de la empresa cliente. Por ejemplo, su
departamento de personal, el de prevención de riesgos, el comedor de empresa…

Hay otros informáticos contratados directamente por la empresa cliente y entre
todos hacéis el mismo trabajo.

Tu empresa principal realmente no tiene medios para poder realizar la obra p
servicio contratada por la empresa cliente.

No existe realmente la obra o servicio que la empresa cliente se supone que
contrata a la principal, porque el único objeto real de la contrata es que la
empresa principal proporcione informáticos a la empresa cliente.

La empresa principal se desentiende de ti, salvo en el pago de los salarios y
cotizaciones, dejando toda la gestión de la contrata a la empresa cliente.

El verdadero objetivo de la contrata es poder aplicar a los informáticos el
convenio de consultorías por tener peores condiciones que el convenio aplicable
en la empresa cliente.

Por supuesto, cuantos más indicios de este tipo existan en tu relación laboral,
mejor que mejor. Al estar en cesión ilegal la consecuencia es que si demandaras
y lo ganaras, conseguirías que tu contrato temporal se convirtiera
automáticamente en indefinido con la empresa cliente o la principal, a tu
elección. Si ya tuvieras contrato indefinido con la principal, podrías cambiarte
a la cliente. Si ya tuvieras contrato indefinido con la principal y no te
interesara cambiarte a la cliente, no tendría ningún sentido demandar el tema de
la cesión ilegal. Pero si decidieras demandar la cesión ilegal sería
importantísimo escoger el momento de interponer la demanda, dependiendo de si
quieres o no quedarte, dónde quieres quedarte y si prefieres o no poder ser
indemnizado en vez de quedarte. Obviamente, habría que estudiar cada caso
particular por separado, sobre todo si la empresa cliente es la Administración
Pública y/o eres "autónomo". Sobre el particular es recomendable que leas el
artículo de "Los falsos autónomos" publicado anteriormente en Laboro.


Las guardias.

En el mundo informático están muy extendidas las guardias, conocidas también
como horas de permanencia, de disponibilidad o como las quieran llamar. Éstas
son de dos tipos:

Guardias no pagadas. Las típicas en las que tienes que estar localizable en el
móvil durante X horas y con la "obligación" de poderte desplazar en Y horas a
donde haya que apagar el fuego. Si te llaman, entonces te pagan, pero sólo las
horas de trabajo real.

Guardias pagadas aunque no te llamen. Tengas que estar en el local de la empresa,
en tu casa o donde sea.

Para ver si son "legales" estas guardias, hay que partir de la base de que en
las empresas que dan servicios de informática se tiene que aplicar
obligatoriamente el convenio estatal de consultorías, o el convenio de empresa
si existiera. No hay discusión alguna respecto al tema y está confirmado por una
consulta al Ministerio de Trabajo. Quien tenga dudas que lea el artículo
publicado en Laboro "Fraudes a los informáticos. Episodio 1."

Pues bien, partiendo de este convenio, la realización de guardias que sólo pagan
si te llaman es totalmente contraria a derecho o "ilegal", si lo prefieres. La
razón la encontramos en la pregunta 7.7 del libro "Tus derechos en el trabajo 3.0":

"Ninguna empresa puede aplicar un sistema de disponibilidad si no lo autoriza
expresamente el convenio aplicable. Ni siquiera con el acuerdo de los
representantes de los trabajadores o con los trabajadores individuales. Se
trataría de una modificación de la jornada de trabajo fijada en el convenio que
queda fuera de la modificación de condiciones del artículo 41.2 del ET."

En cambio, la realización de guardias pagadas, te llamen o no, podría ser
ajustada a derecho si se cumplieran el resto de requisitos de la jornada que se
indican en el artículo 20 del convenio, que dice:

1. Hasta el 31 de diciembre de 2008, la jornada ordinaria máxima de trabajo
efectivo, en cómputo anual, será la resultante de lo establecido en el artículo
34.1 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Su
distribución semanal podrá pactarse con los representantes de los trabajadores
en la empresa teniendo en cuenta que en ningún caso, se podrán realizar más de
nueve horas ordinarias diarias de trabajo efectivo. De acuerdo con lo
establecido en el vigente artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, ninguna fiesta laboral será recuperable.
2. A partir del año 2009, la jornada ordinaria máxima de trabajo efectivo, en
cómputo anual, será de 1.800 horas anuales, sin perjuicio, en todo caso, de las
jornadas actualmente pactadas más favorables para los trabajadores. Su
distribución semanal podrá pactarse con los representantes de los trabajadores
en la empresa teniendo en cuenta que en ningún caso, se podrán realizar más de
nueve horas ordinarias diarias de trabajo efectivo. De acuerdo con lo
establecido en el artículo 37.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de
los Trabajadores, ninguna fiesta laboral será recuperable. Las Empresas sujetas
a este Convenio disfrutarán de jornada intensiva en el mes de agosto con la
duración semanal máxima prevista en el punto 3 siguiente. Las Empresas que
ofrezcan a sus trabajadores jornadas intensivas de mayor duración que la pactada
en este Convenio, o días no laborables, aunque fueren recuperables, adicionales
a los festivos nacionales, autonómicos y locales aplicables, podrán realizar, en
el año 2009, un máximo de 1.808 horas anuales, sin perjuicio, en todo caso, de
las jornadas actualmente pactadas más favorables para los trabajadores.
3. Las empresas que tengan establecida jornada intensiva durante el verano no
podrán rebasar las treinta y seis horas semanales durante el período en que la
tengan implantada, salvo pacto con los representantes de los trabajadores.
4. En las empresas en que se realice jornada continuada, las condiciones de
temporada más beneficiosa se mantendrán tal y como actualmente se realicen en
cada empresa, sin superar la distribución semanal existente o la que pudiera
pactarse, conforme a lo establecido en los dos apartados precedentes.
5. A partir de las catorce horas, salvo en período de jornada intensiva, los
sábados tendrán la consideración de laboralmente inhábiles. Se exceptúa el
personal que ejerce funciones de vigilancia en los locales de las empresas.
6. La Dirección de la empresa, combinando en lo posible los deseos del personal
y las necesidades de la producción, fijará los horarios de trabajo conforme a lo
establecido en la ley vigente.
7. Todo trabajador desplazado a otra empresa por razón de servicio, se atendrá
al horario del centro de trabajo de destino, si bien en cuanto al cómputo de las
horas trabajadas mensualmente, se respetarán las existentes en su empresa de
origen.

En consecuencia, las guardias pagadas aunque no te llamen que se hacen
trabajando directamente para tu empresa serían "legales" sólo si cumplen los
requisitos indicados en negrita. En cambio, si estás en "empresa cliente" te
tienes que atener al horario de la empresa cliente que puede tener condiciones
mejores o peores que estas indicadas en el convenio de consultorías.

Los fraudes a los informáticos. Episodio 2.

 Diga lo que diga tu contrato laboral, la cesión de derechos de autor de tus
programas a la empresa que te paga es nula por ser contraria a la legislación
vigente. Igual de nula es la prohibición de realizar nuevos programas
compatibles o la cesión automática de derechos sobre los mismos.

El neófito en temas legales siempre cree que si se firma un contrato que diga X,
esa X va a misa. Pues no, porque el principio general del derecho de la
jerarquía normativa nos dice que serán nulas las cláusulas de un contrato que no
respeten la Ley que regule ese tipo de contrato o relación. En este caso, por
encima del contrato estará siempre la Ley de Propiedad Intelectual y el Estatuto
de los Trabajadores.


¿De quién son los derechos de autor y de explotación de un programa?

No son lo mismo los derechos de autor que los de explotación, pero los
informáticos e incluso las empresas no suelen saber distinguirlos. Sobre el
particular se recomienda leer este artículo. Por hacer un resumen: la autoría no
se puede ceder ni queriendo. Es de quien sea desde el principio y para toda su
vida. En cambio el derecho a explotación (venta de los programas, licencias, etc.)
sí que puede ser cedido o nacer siendo de otro.

Los derechos de autor de tu programa siempre serán tuyos aunque lo hayas hecho
bajo contrato laboral. También serán tuyos los derechos de autor de los manuales
y documentación técnica (art.96 LPI). La única excepción sería que fuera una
obra colectiva en la que fuera imposible separar la parte que hubiera hecho cada
uno. En este caso los derechos del autor serán de la empresa cuando lo publique.

LPI art.1: "La propiedad intelectual de una obra literaria, artística o
científica corresponde al autor por el solo hecho de su creación."

LPI art.8: "Se considera obra colectiva la creada por la iniciativa y bajo la
coordinación de una persona natural o jurídica que la edita y divulga bajo su
nombre y está constituida por la reunión de aportaciones de diferentes autores
cuya contribución personal se funde en una creación única y autónoma, para la
cual haya sido concebida sin que sea posible atribuir separadamente a cualquiera
de ellos un derecho sobre el conjunto de la obra realizada. Salvo pacto en
contrario, los derechos sobre la obra colectiva corresponderán a la persona que
la edite y divulgue bajo su nombre."

Los derechos de explotación son propiedad de la empresa si has hecho el programa
bajo contrato laboral. No es que se cedan a la empresa, sino que su titularidad
es de la empresa desde el principio incluso aunque en el contrato no dijera nada,
lo que implica que los tiene para siempre y en exclusiva. Por tanto, no hay
cesión automática de los derechos de explotación de los programas hechos como
falso autónomo.

LPI art.97.4: "Cuando un trabajador asalariado cree un programa de ordenador, en
el ejercicio de las funciones que le han sido confiadas o siguiendo las
instrucciones de su empresario, la titularidad de los derechos de explotación
correspondientes al programa de ordenador así creado, tanto el programa fuente
como el programa objeto, corresponderán, exclusivamente, al empresario, salvo
pacto en contrario."


¿Para qué sirven los derechos de autor sin los de explotación?

Como has visto hasta ahora, los derechos de autor son siempre tuyos diga lo que
diga tu contrato laboral o cualquier anexo al mismo, aunque lo hayas firmado con
la sangre del oso que tu jefe mató en la Cueva del Sindicato Maldito. Pero lo
que da dinero es tener los derechos de explotación y por desgracia son de la
empresa. Pero tener los derechos de autor de un programa sirve para mucho más
que como simple derecho moral, siempre hablando de programas que no sean obra
colectiva inseparable:

La empresa no puede modificar tu programa sin tu consentimiento y en las
ediciones del mismo debe constar tu nombre a no ser que indiques lo contrario.

LPI art.14: "Corresponden al autor los siguientes derechos irrenunciables e
inalienables:

Decidir si su obra ha de ser divulgada y en qué forma.

Determinar si tal divulgación ha de hacerse con su nombre, bajo seudónimo o
signo, o anónimamente.

Exigir el reconocimiento de su condición de autor de la obra.

Exigir el respeto a la integridad de la obra e impedir cualquier deformación,
modificación, alteración o atentado contra ella que suponga perjuicio a sus
legítimos intereses o menoscabo a su reputación.

Modificar la obra respetando los derechos adquiridos por terceros y las
exigencias de protección de bienes de interés cultural.

Retirar la obra del comercio, por cambio de sus convicciones intelectuales o
morales, previa indemnización de daños y perjuicios a los titulares de derechos
de explotación. Si, posteriormente, el autor decide reemprender la explotación
de su obra deberá ofrecer preferentemente los correspondientes derechos al
anterior titular de los mismos y en condiciones razonablemente similares a las
originarias."

Puedes crear y explotar comercialmente nuevas versiones cómo y cuándo te de la
gana fuera de la relación laboral con la empresa. No se trata de hacer una
transformación, porque el derecho de transformación es uno de los derechos de
explotación, que pertenecen a la empresa, sino de crear un nuevo programa
diferente en grado suficiente. No valen parches, actualizaciones y similares. Al
ser un programa nuevo y no una transformación del anterior, se crea una obra
diferente de la que te pertenecerán los derechos de autor y los de explotación
desde su creación (LPI art.11.5).

LPI art.43: "3. Será nula la cesión de derechos de explotación respecto del
conjunto de las obras que pueda crear el autor en el futuro. 4. Serán nulas las
estipulaciones por las que el autor se comprometa a no crear alguna obra en el
futuro."

Podrás interponer una demanda de reclamación de cantidad contra tu empresa si no
te han pagado como programador según las tablas salariales del convenio estatal
de consultorías, que es el convenio aplicable a las empresas que dan servicios
de informática. En el juicio simplemente probarás que los programas X, Y, Z, H y
B que está explotando la empresa los has hecho tú, como prueba el acta del
registro. Si la empresa negara que los hiciste para ellos sería negar que
tuvieran los derechos de explotación y tendrían que dejar de venderlos y
abonarte los beneficios que hayan sacado de los mismos. Incluso sería como
reconocer que han cometido un delito. En cambio, si aceptan que los hiciste para
ellos, tendrán que pagarte las diferencias salariales desde 12 meses antes de la
petición del acto de conciliación. Para que te hagas una idea, el salario
exigible de un titulado superior o analista o diseñador web es de unos 22.000€
anuales. Es recomendable que leas el artículo "Reclamación de cantidad laboral"
publicado en Laboro.

Quizá sea necesario reiterar una vez más que todos estos derechos de autor
existen diga lo que diga tu contrato laboral e incluso el convenio, por el
simple principio jurídico de jerarquía normativa. Por tanto puedes, por ejemplo,
crear versiones nuevas y explotarlas tú mismo diga lo que diga tu contrato y la
partida de bautismo de tu jefe.


Precauciones.

Inscribe a tu nombre en el Registro de la Propiedad Intelectual todos los
programas que realices en solitario antes de que lo haga la empresa, aunque los
hayas hecho bajo un contrato laboral. Recuerda que los derechos de autor de
cualquier obra individual son siempre tuyos, aunque sean de la empresa los
derechos de explotación.

No pongas el mismo nombre a las nuevas versiones de un programa que hiciste para
una empresa bajo contrato laboral. Que tengas los derechos de autor no quiere
decir que seas propietario del nombre o marca comercial, que son de la empresa
si los registraron bajo la propiedad industrial. Pero nada te impide publicitar
la nueva versión como "compatible con" y decir que soporta todos los archivos de
la versión anterior. Por ejemplo, si programaste Word 2010 para Microsoft tú
solito, mañana puedes crear otro procesador de textos, llamarle PepeText 2011 y
hacerlo compatible con los archivos creados por Word 2010.

Cuidado con la competencia desleal. Mientras sigas trabajando para la empresa
sería motivo de despido disciplinario procedente que hicieras nuevas versiones
compatibles y las explotaras comercialmente tú mismo o con otra empresa, por ser
competencia desleal. Pero que sea despido procedente no quiere decir que no
puedas hacerlo. Sólo quiere decir que podrían despedirte sin indemnización, pero
sí que tendrían que pagarte el resto de conceptos del finiquito. Por supuesto,
jamás tendrás que pagarle una indemnización tú a la empresa mientras que la
nueva versión sea diferente en grado suficiente. En cambio, sí podría haber
lugar a la indemnización a la empresa si se te ocurriera la genial idea de
explotar comercialmente el mismo programa que hiciste para ellos.

Cuidado con las cláusulas de no competencia y las de permanencia obligada en la
empresa. Afortunadamente, estas cláusulas han de reunir una serie de requisitos
y costes (tienen que pagarte un plus por la no competencia) que casi siempre se
saltan. Además estos requisitos han sido ampliados y concretados por la
jurisprudencia. El incumplimiento de los requisitos implica la nulidad de la
cláusula. En el libro "Tus Derechos en el Trabajo" están bien desarrolladas. En
el servicio de consultas anónimas puedes pedir opinión profesional sobre tus
cláusulas.


Las páginas web, gráficos, animaciones...

Algún ignorante podría decir que no se puede aplicar la LPI a los programas de
ordenador, porque la LPI siempre habla de "obras" en general. El ignorante
podría sacarse de la manga que "obras" o "edición" sólo se refiere a libros,
discos o películas. Pero la LPI incluye específicamente los "programas de
ordenador" dentro de las "obras", según su artículo 10.1: "Son objeto de
propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o
científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible,
actualmente conocido o que se invente en el futuro, comprendiéndose entre ellas:
[...] Los programas de ordenador."

Así que todo lo dicho en este artículo y cualquier cosa que la LPI diga sobre
las "obras" es aplicable no sólo a los programas propiamente dichos sino también
a las páginas web, animaciones, gráficos o cualquier cosa raruna que surgiera de
la extraña mente de un informático, diseñador gráfico, creativo vario,
aceitunero o sexador de pollos; porque todas ellas son creaciones originales
expresadas en un medio cualquiera. Por consiguiente, lo dispuesto en este
artículo no es sólo de aplicación a los informáticos y sus cosillas, sino
también a los autores asalariados, periodistas, publicistas, consultores,
asesores, ingenieros, arquitectos, músicos, abogados, etc. etc.

Además tu propia empresa es la primera interesada en que la LPI también proteja
a las webs, gráficos y similares, porque si no fuera así, también la empresa
estaría desprotegida frente a copias. Llegados a juicio, sería curiosísimo ver
al abogado de la empresa afirmar que los derechos del autor de la web o programa
no existen, pero sí que existen los derechos de la empresa de ampararse en la
LPI para impedir los plagios, por ejemplo. Obviamente, si existe la creación
original siempre se aplica la LPI, tanto para el autor como para la empresa.

Quizá sea necesario recordarle a más de uno que este artículo no se puede
reproducir, pero se pueden publicar cualesquiera enlaces al mismo. Sería
contradictorio pretender que se respeten los derechos de autor de los
informáticos pero no respetar los derechos de autor de los artículos ajenos.

Los fraudes a los informáticos. Episodio 1.

 Os pasamos 3 artículos extraídos de la web de laboro-spain.blogspot.com,bastante interesantes desde la vista laboral,ya que este es u tema que viene subiendo en los 2 últimos años,como sabéis estamos en varios conflictos  con la generalitat dentro de este sector,a parte de los compas gallegos que ya ganaron la cesión ilegal y que siguen batallando con la xunta.

 

¿Cuál es el convenio aplicable?

A muchísimos informáticos e ingenieros os están aplicando el convenio del metal
por la simple, llana e hispánica razón de que sus salarios son bajos; pero
resulta que el Estatuto de los Trabajadores dice que las empresas tienen que
aplicar obligatoriamente el convenio que corresponda a su actividad real,
incluso aunque ésta no corresponda a la actividad que le pusieron en el registro
mercantil o en el IAE.

A los que trabajéis para empresas que dan servicios de informática (desarrollo y/o
venta de hardware o software propio o ajeno) os tienen que aplicar el "Convenio
colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la
opinión pública", que a día de hoy va por la versión (término informático molón)
XVI, publicada en el BOE de 4/4/09. Por supuesto que aquí entra cualquier tipo
de servicio informático, por lo que se ven afectadas por este convenio las
empresas de venta y/o mantenimiento de hardware y/o software, las empresas de
programación, las que dan servicio a otras empresas o en general cualquiera que
se relacione con la informática de cualquier forma.

A los que trabajéis en empresas de ingeniería, estudios técnicos, arquitectura,
diseño o similar os tienen que aplicar el XV Convenio Colectivo Nacional de
Empresas de Ingeniería y Oficinas de Estudios Técnicos, que fue suscrito, con
fecha 11 de marzo de 2008.

A los que trabajéis en otro tipo de empresas se os aplica el convenio aplicable
a la actividad de la empresa, siempre y cuando vuestra labor como informático
sea exclusivamente interna. Por ejemplo, si trabajas en una empresa de
construcción se te aplica el convenio de construcción y si es en un banco, el
convenio de banca. Pero si trabajas como informático en un banco dando soporte
informático a los clientes del banco entonces a ti te tienen que aplicar el
convenio de consultorías, aunque al resto de empleados les apliquen el convenio
de banca, ya que tu empresa está dando un servicio de informática.

La razón de que se aplique un convenio u otro hay que buscarla en el "ámbito
funcional" del propio convenio (normalmente el artículo 1), que describe la
actividad de las empresas a las que obligatoriamente se les aplica. En el caso
de los dos convenios más típicos de los informáticos, sus ámbitos funcionales
dicen textualmente:

Convenio de informáticos: "También están incluidas en el ámbito funcional del
presente Convenio, y obligadas por él, las empresas de servicios de informática".

Convenio de ingenieros: "todas las empresas de ingeniería y oficinas de estudios
técnicos, incluidas las de delineantes, cuya actividad de servicios de
asistencia técnica, estudios y proyectos de ingeniería civil, agraria,
medioambiental, química, electrónica, industrial, aeronáutica, aeroespacial y de
cualquier orden similar".

Esto es como un dato tipo byte: nos guste o no, el valor máximo son 255; es
decir, la empresa que se dedique a los servicios de informática tiene que
aplicar el primer convenio y la que se dedique a cualquier tipo de ingeniería o
técnica tiene que aplicar el segundo. Si no les gusta, que monten la empresa en
Andorra. Si la empresa se dedica a ambas cosas tendrá que aplicar el 1º a unos
empleados y el 2º a otros. El convenio se aplica a todos los empleados de la
empresa. Es decir que te tienen que aplicar el primer convenio en cualquier
empresa de informática, tanto si eres el programador jefe como si eres sólo un
betatester o la limpiadora. Por supuesto tienen que aplicar sus categorías,
tablas salariales y demás derechos. Por ejemplo, ¿sabías que en el convenio de
informáticos tienes derecho a un mes de permiso sin sueldo al año aparte de las
vacaciones?

No sé si entiendes bien lo que significa que no te apliquen el convenio correcto.
En tu empresa no son gilipollas y te aplican otro convenio (normalmente metal)
para pagarte menos. Además probablemente habrá un montón de normas en tu empresa
que son ilegales porque vulneran el convenio correcto (que es una norma con
rango de ley) en cualquier aspecto: horario, jornada, permisos, vacaciones...
Las normas del convenio hay que cumplirlas obligatoriamente y en ningún caso se
pueden empeorar, ni aunque esté en tu contrato o incluso en un acuerdo con los
presuntos representantes de los trabajadores. Sólo caben dos excepciones a la
aplicación de estos convenios:

Las empresas que tienen su propio convenio. Lo que pasa es que muchas veces se "olvida"
que los convenios de empresa sólo pueden mejorar el convenio sectorial,
incluidos los salarios. Serán nulos todos los artículos (o incluso el convenio
entero) de un convenio de empresa que de alguna forma eliminen, condicionen o
limiten derechos establecidos en el convenio sectorial. Serán igual de nulos por
mucho que los hayan firmado todos los sindicatos de la galaxia y cualquier
trabajador o colectivo podrá demandar la aplicación del convenio sectorial en la
parte que más le beneficie, incluso después de finalizar la relación laboral por
cualquier razón.

A los trabajadores empleados en una tienda de informática se les tiene que
aplicar su convenio provincial de comercio (si es una tienda) o el de grandes
superficies (si se trata de MediaMarkt, Carrefour o similar); pero en ambos
casos sólo si lo único que hacen es vender y nunca realizan tareas técnicas
aunque sean muy simples, como montar equipos, instalar Windows, configurar
Windows o instalar drivers. En los casos, típicos de la pequeña tienda tipo PC-Box,
en los que hacen ambas cosas (vender y tareas técnicas) será de aplicación el
convenio y categoría que más le convenga al empleado en cada caso.


¿Cuánto te tienen que pagar?

Lee la clasificación profesional del convenio y busca la categoría que
corresponde a las funciones habituales que realmente haces en la empresa, aunque
no tengas la titulación que el propio convenio requiere para ella. Te la sopla (y
al juez también) lo que diga el contrato y el registro mercantil si no se
corresponde con la realidad. Si tus funciones habituales están repartidas entre
varias categorías, entonces te corresponde la más alta. No se puede tener una
categoría de 9 a 11 y otra de 13 a 15. Los contratos laborales sólo admiten una
categoría.

Una vez sepas el convenio y la categoría que te toca, te vas a las tablas
salariales del convenio y sabrás lo que te tienen que pagar como mínimo
obligatorio al año, tanto de salario como de pluses y también el importe mínimo
del kilometraje y de las dietas. Por supuesto te pueden pagar más, pero nunca
menos. Una vez más, lo que diga tu contrato te lo pasas por el puerto USB.

Mucho ojo con las categorías. Por ejemplo, que te pongan como programador junior
implica que sólo desarrollas lo que un programador senior (u otra categoría
superior) te dice que tienes que hacer. Por ejemplo, un script que tenga tales
parámetros y que te tiene que devolver un dato determinado. Por supuesto eso
implica que en la empresa tiene que haber alguien con esa categoría superior y
que sea verdad que tú no piensas qué cosas hay que hacer, sino sólo en cómo
hacer las cosas que te dicen concretamente que hay que hacer.


¿Qué puedes hacer si te pagan menos?

Seguramente que te vas a encontrar con que te pagan menos de lo que te
corresponde; bien sea porque no te aplican el convenio correcto o bien sea
porque te lo aplican pero con una categoría inferior a las funciones reales que
haces.

Si cobras menos porque te aplican otro convenio tienes que poner una demanda de
reclamación de cantidad, que se inicia en el SEMAC con un acto de conciliación y
sigue en los juzgados de lo social con una demanda. En este caso no tienes nada
que probar. De la actividad de la empresa se desprende cuál es el convenio
obligatorio y en éste dice lo que tienes que cobrar. Tus nóminas dicen lo que
cobras realmente y por tanto te deben la diferencia.

La actividad oficial de la empresa la puedes obtener gratis en la web einforma.
Si coincide con la actividad real entonces puedes pedir un informe oficial en el
registro y no necesitas más pruebas. Pero si en el registro han puesto otra
actividad, tendrás que probar que su actividad real es la informática o la
ingeniería. Es muy sencillo: facturas emitidas por la empresa, anuncios en
prensa o en las guías telefónicas, tarjetas de visita, fotos del local o de los
carteles de la entrada...

Si cobras menos porque te aplican una categoría inferior en el convenio de
correcto, entonces la demanda es la misma, pero en este caso tienes que probar
las funciones que haces. Lo puedes hacer mediante testigos (vale cualquier
persona, aunque los mejores son los clientes y exempleados) o prueba documental:
fotos, registro de la propiedad intelectual (puedes registrar los programas que
haces), hojas de encargo o evaluación, emails de tus jefes... Si a un testigo lo
cita el juzgado tiene la obligación de ir.

La demanda es gratis si quieres. Lo mejor que tiene es que es retroactiva 12
meses, por lo que cuando ganes tendrán que pagarte todo lo que te deban desde un
año antes de la demanda con un 10% de interés anual por demora. Además se puede
poner la demanda perfectamente después de irte o de que te echen de la empresa.
¿Qué mas quieres? ¿Un keygen?

La vía de la inspección de trabajo no es recomendable. Si tu empresa aplica otro
convenio y lo denuncias a inspección (las denuncias no pueden ser anónimas)
conseguirías que les obligaran (tardarán unos 9 meses) a aplicar el convenio
correcto y a corregir las cotizaciones desde 4 años antes de la denuncia; pero
la inspección no hará que te paguen lo que te deben a ti. Para eso hay que poner
la demanda individual en el juzgado.

En próximos artículos de esta web se explicarán otros fraudes habituales en el
mundo del trabajo como informático en España, como son las horas de guardia, la
cesión ilegal de trabajadores, los desplazamientos, los derechos de autor y los
falsos autónomos. Por ahí arriba tienes un enlace para suscribirte por email.

Hacia a la Huelga General


Mié, 29/06/2011 - 20:55 — prensa 


Las organizaciones sindicales Confederación General del Trabajo (CGT), Confederación Nacional del Trabajo (CNT), Solidaridad Obrera (SO) y Coordinadora Sindical de Clase (CSC) nos reunimos el pasado 24 de junio en Madrid para valorar las respuestas que, ante el ataque sin precedentes que trabajadores y trabajadoras estamos sufriendo por la política de recortes y pérdida de derechos impulsada por el gobierno y las instituciones europeas, a instancias de la patronal y los mercados, debemos oponer en un proceso de lucha coordinada desde la unidad de acción y de clase.

Las distintas organizaciones sindicales participantes compartimos el rechazo frontal a unas políticas que, con las sucesivas reformas laborales, los recortes en el sistema de pensiones, la reforma de la negociación colectiva y los recortes sociales y en los servicios públicos, pretenden, una vez más, que sean los trabajadores y trabajadoras, y los sectores más débiles de la sociedad, quienes paguen la crisis capitalista.

Compartimos igualmente la necesidad de poner en marcha una respuesta común, que por encima de las diferencias, avance hacia la unidad de los trabajadores y trabajadoras en la movilización y la lucha, contando con la participación de todas aquellas organizaciones sindicales, colectivos de trabajadores y movimientos sociales contrarios a la política de pacto social y desmovilización impulsadas desde el sindicalismo institucional de CCOO y UGT.

Creemos necesario luchar desde la ruptura con un modelo sindical, que en los últimos 30 años nos ha conducido a sucesivas pérdidas de derechos, y que en este momento de aguda crisis del capitalismo, ha demostrado su complicidad y su falta de voluntad y capacidad para dar una respuesta a los ataques contra la clase trabajadora. Un modelo sindical que ha promovido un sindicalismo institucionalizado, dependiente del estado, dirigido a impedir la movilización y la participación real de la clase trabajadora en organizaciones sindicales autónomas y con voluntad de lucha.

La reforma de la Negociación Colectiva, que se está tramitando en el parlamento es, además de un nuevo y grave recorte de derechos, una vuelta de tuerca más para tratar de controlar la conflictividad laboral y la lucha social, consolidando el bisindicalismo institucional y su papel como gestores de la crisis en favor de los intereses capitalistas, recortando aún más la capacidad de acción de otras organizaciones sindicales, y la libertad sindical de trabajadores y trabajadoras.

La reunión del 24 de junio es el primer paso de un proceso que en los próximos meses impulse la movilización desde reivindicaciones comunes, debatidas y asumidas por los trabajadores y trabajadoras, con el horizonte de una Huelga General con capacidad de enfrentar la actual ofensiva y avanzar en la conquista de nuevos derechos sociales.

Los acontecimientos surgidos a partir del 15M han roto con el clima de pasividad previo y nos sitúan en un escenario de movilización, sin precedentes desde que surgió la crisis, que ahora debe trasladarse a los centros de trabajo, situando las reivindicaciones sociales y económicas de trabajadores y trabajadoras en el centro del debate público, aportando a este movimiento las herramientas necesarias para la confrontación y la lucha en el terreno económico y laboral, complementando a las demandas socio-políticas la acción concreta contra el capitalismo.

La situación nos exige una respuesta proporcionalmente igual de contundente que las medidas que estamos sufriendo los trabajadores y trabajadoras y por ello consideramos necesario no sólo continuar con las luchas sindicales que llevamos a cabo, sino dar un paso que rompa definitivamente con este modelo de sindicalismo institucionalizado y generar un precedente en el cual seamos los sindicatos de clase quienes empecemos a marcar los tiempos desde la acción ofensiva para conseguir nuestros objetivos.

[CNT-AIT Cornellà i comarca] Video de la xerrada de l'ICEA:Crisis; recortes sociales y alternatives. Molt interessant.

Salut companys/es

Us passem l'enllaç al video de la xerrada Crisis; Recortes sociales y alternatives realitzada a les jornades organitzades per la regional de CNT Aragó-Rioja, a càrrec dels companys de l'ICEA. Molt recomanable i interessant, també perquè en feu difusió.

http://www.socialartproducciones.com/2011/06/crisis-recortes-sociales-y-alternativas.html


Podeu seguir també a la CNT-AIT Cornellà i comarca a Twitter

http://twitter.com/#!/cntcornella


miércoles, 29 de junio de 2011

EL RECTOR DE LA UCM LO RECONOCE: “LAS BECAS DE COLABORACIÓN ENCUBREN PUESTOS DE TRABAJO”

miércoles 29 de junio de 2011

En el acto de cierre de campaña electoral, pudimos ver cómo el actual Rector de la Universidad Complutense de Madrid, José Carrillo, admitía que las becas de colaboración encubren puestos de trabajo, tal y como viene denunciando la Sección Sindical de CNT-AIT en la UCM. ¿Significa esto que el nuevo Rectorado y la nueva Gerencia van a actuar en consecuencia, contratando a todo el personal becario? ¿O seguirán la línea del anterior equipo e ignorarán las legítimas reivindicaciones de los trabajadores que, hartos de precariedad, están exigiendo el reconocimiento de sus derechos? Esta Sección Sindical solicitó el pasado 13 de junio una reunión al nuevo Rector para tratar de llegar a un acuerdo sobre todos estos problemas. Muy pronto sabremos si José Carrillo opta por ser coherente con sus propia visión de las becas de colaboración, o si prefiere que esta lucha se prolongue en el tiempo.

El Pacto del Euro entra a empujones

Publicat el 27 juny 2011 per cornella

El próximo lunes se firma el acuerdo supranacional con la mirada puesta en los ajustes salariales

El pacto destinado a salvar la moneda común, plantea http://www.elpais.com/articulo/ultima/empujar/elpepiult/19920720elpepiult_2/Tesdiversas directivas encaminadas a aumentar la competitividad y reducir el déficit de los Estados a costa del peso de las rentas del trabajo.
Pablo Elorduy (Redacción)
Jueves 23 de junio de 2011. Número 153

La incorporación de España a la Unión Europea se concretó con la firma del Tratado de Maastricht en febrero de 1992. El escritor Manuel Vázquez Montalbán, en una columna titulada “Sin empujar”, resumía entonces la percepción de que ese proceso se iba a llevar por delante cualquier consideración social: “Ya sé que vamos para miserables y desasistidos, pero sin empujar”, pedía Montalbán.http://www.elpais.com/articulo/ultima/empujar/elpepiult/19920720elpepiult_2/Tes

Diecinueve años después, el Pacto del Euro Plus es la constatación de que siguen los empujones para entrar en la senda de Maastricht. Se trata de propuestas de reformas sociales, políticas y económicas que, en algunos de sus puntos, ya han sido implementadas por los Gobiernos europeos.

El principal objetivo del Pacto del Euro fue establecido en las conclusiones de la reunión del 24 y 25 de marzo de 2011 del Consejo Europeo; “aumentar la competitividad” y reforzar “nuestra economía social de mercado” son las dos funciones básicas de un acuerdo que será refrendado el 27 de junio por los países de la zona euro más Bulgaria, Dinamarca, Letonia, Lituania, Polonia y Rumanía, que han decidido sumarse a este marco destinado a “salvar el euro”.

Para José Luis Carretero, profesor de derecho del trabajo, este acuerdo es un aviso de que “el que se mueva no sale en la foto”, o, lo que es lo mismo, el pacto está encaminado a homogeneizar las condiciones de Vida en los Estados de la zona euro y buscar una salida a la crisis a través de “la competitividad”.

“Aumentar la competitividad significa mejorar la capacidad que tiene una economía para exportar sus productos a los mercados mundiales en condiciones más ventajosas que las del resto de economías”, resume el economista Nacho Álvarez. En esa “configuración de las condiciones más ventajosas” se incluyen distintos factores, como la investigación, el desarrollo y la ‘eficiencia’, pero el papel fundamental lo determinan los costes laborales: “La llamada competitividad está íntimamente ligada a productividad del empleo, y por tanto, al salario”, explica Jorge Halpern, de la red Democracia Real Ya.

No obstante, el Pacto del Euro Plus, no habla a las claras de una rebaja de los salarios, sino que, con un estilo marca de la casa (común europea), el texto hace brindis en esa dirección. Álvarez cree que la reducción de los costes salariales no va a traducirse en una Mejora simultánea de la competitividad de todos ellos, habida cuenta de que el 70% del comercio de los países de la UE es entre los países miembros.

El Consejo Europeo también pide medidas que garanticen que “la fijación de salarios en el sector público contribuya a los esfuerzos de competitividad en el sector privado”. Carretero señala que esta rebaja de salarios en el empleo público tiene un doble objetivo: por una parte, “el hecho de que la función pública sea un ejemplo de que se pueden obtener unas condiciones mínimamente dignas de trabajo es algo que tiene que ser derribado en este momento”, además, este empobrecimiento busca abrir más espacios para la colonización por el mercado de espacios de reproducción social, como la sanidad y la educación públicas, de forma que afecta a lo que se conoce como salario indirecto.

Amaya, una participante en la comisión de Feminismos del movimiento 15M, apunta que esta clase de medidas convierte a los hogares en la institución económica básica en la que se resuelve la crisis, el último colchón para amortiguar la caída de salarios y la depauperización de los servicios públicos, que “deberían socializar la carga de cuidados”.

La senda del ajuste continuo

Además, el texto del Pacto del Euro Plus anuncia que seguirán los test de resistencia a los bancos e informa de que este otoño se presentará un informe sobre la fiscalidad del sector financiero. El texto del Consejo Europeo concreta más en cuanto a los objetivos de reducción del déficit y empuja a los Estados europeos a que introduzcan esos objetivos en sus normativas, incluidas las distintas Constituciones nacionales.

También prescribe el aumento de la edad de jubilación, que el Gobierno español desarrolló en el marco del acuerdo global firmado con sindicatos (CC OO y UGT) y patronal; y la promoción de la flexiseguridad, que afecta a las condiciones de entrada, permanencia y salida del puesto de trabajo, para lo que el Consejo Europeo recomienda una revisión de los niveles de centralización de los procesos de negociación, algo que ya se recoge en el Decreto sobre Negociación Colectiva aprobado el 10 de junio en el Consejo de Ministros. ¿Servirán estas medidas para paliar la crisis? “Evidentemente, no”, apunta Jorge Halpern, que cree que es el momento de decidir si se sigue “la senda de ajustes, pactos sociales y medidas que empobrecen a la población” o se sigue interviniendo democráticamente para detener este proceso.

Cómo medir la productividad

La propuesta de ligar los salarios a la productividad, en lugar de a la inflación como ocurre hasta ahora, aparece entre los objetivos del Pacto del Euro. El profesor de derecho del trabajo José Luis Carretero apunta que, el incentivo de la productividad es intangible, especialmente en pequeñas y medianas empresas, “entran aspectos como quién es más dócil, quién se porta mejor, quién se queda una hora más sin pedir que se la paguen, etc.”, apunta Carretero, quien, no obstante, matiza que el texto del Pacto del Euro “no suelta prenda” en cuanto a qué herramientas van a utilizarse para medir la productividad.

Mostra del llibre anarquista a Barcelona. Fins al 3 de Juliol


Publicat el 29 juny 2011 per cornella

Salut companys/es, us passem el programa de la Mostra del Llibre que realitzen diferents companys/es i individualitats llibertàries. Com sempre, molt interessant!
On es realitzaran? Clica aquí
http://www.llibreanarquista.net


Programa d’activitats
Dilluns 27
FELLA

19:30 h
La colonització primària i el racionalisme com a enemic
Presentació de 23 Tesis en Torno a la Revuelta a càrrec del seu autor Peter Gelderloos.

Dimarts 28
Casa de la Solidaritat

19:30 h
Dels estius de l’amor a l’amor armat
Intervenció a càrrec de Ben Morea, membre de Black Mask/Motherfuckers (EEUU).

Dimecres 29
Ateneu Llibertari del Casc Antic

19:30 h
Mutar o Morir
Presentació de Política Estúpida: Reflexiones a quemarropa (Aldarull Edicions) a càrrec del seu autor Ángel F. Bueno i Daniel Inalámbrico.

Dijous 30
FELLA

19:30 h
CNT: les primeres passes
Presentació de La CNT en pie. Fundación y consolidación anarcosindicalista (1910-1931) (Edicions Anòmia) a càrrec del seu autor Carles Sanz i La CNT y la Revolución Social, 1931-1939 (CNT-AIT Sabadell) a càrrec de Marciano Cárdaba.

Divendres 1
Ateneu Llibertari del Casc Antic

19:30 h
Quan la guerra és la pau
Presentació del llibre Si vis pacem. Repensar el antimilitarismo en la época de la guerra permanente (Bardo Ediciones) i xerrada sobre militarització a càrrec d’alguns participants de les jornades antimilitaristes de Barcelona del 2010.

Dissabte 2
Rambla del Raval

11:00 h
La distopia tecnològica
Presentació de El mito de la máquina i El pentágono del poder (Pepitas de Calabaza) de Lewis Mumford a càrrec del seu traductor Javier Rodríguez Hidalgo. El salario del gigante (Pepitas de Calabaza), presentació del seu autor José Ardillo.

13:00 h
Deixar d’esperar la revolució per viure la revolta
Taula entorn a l’insurreccionalisme, teoria i experiències.

14:30 h
Menjar vegà

16:30 h
Publicacions Intermitents
Presentació de les publicacions Terra Cremada, Vísceras i Putas e insumisas.

18:30 h
De Txernòbil a Fukushima
Presentació dels llibres Chernoblues. De la servidumbre voluntaria a la necesidad de servidumbre (Malapata Ediciones & BS Hermanos Quero) de Roger Belbéoch, Catastrofismo. Administración del desastre y sumisión sostenible de René Riesel i Jaime Semprún, i d’aquest últim també La nuclearización del mundo (Pepitas de Calabaza) a càrrec de Javier Rodríguez, Emilio Ayllón i Helios.

Diumenge 3

Rambla del Raval

11:00 h
20 anys d’edició i distribució alternativa
Taula Rodona amb motiu del 20 aniversari de Virus Editorial. Hi participaran: Virus Editorial, La Malatesta, Gatazka Gunea i Traficantes de Sueños.

13:00 h
A la recerca d’una base teòrica
Presentació del llibre Fragmentos de Antropología Anarquista (Virus Editorial) de David Graeber a càrrec d’Adela García (professora d’Antropologia Social de la UB) i Pablo Romero (activista i estudiant d’antropologia).

14:30 h
Menjar vegà

16:30 h
Anarquisme, violència i il·legalitat
Presentació de Oleadas de terroristas: una crítica a la teoría de las oleadas terroristas a partir del análisis comparativo entre el terror anarquista y el fascista (Aldarull Edicions) a càrrec de Francisco de Paula Fernández Gómez i Enemies of society: an anthology of individualist & egoist thought (Ardent Press-EEUU) a càrrec del seu autor, Aragorn.

http://www.llibreanarquista.net

[Graficas-Madrid] Nuevo acto ante la sede de Mediapost en Valdemoro, solidaridad con la huelga en Barakaldo


Mié, 29/06/2011 - 18:10 — graficas-madrid 

Por tercera vez en unas pocas semanas, el sindicato de Artes Gráficas, Comunicación y Espectáculos de Madrid volvió a responder a la llamada de los compañeros de la sección sindical de CNT en Mediapost-Barakaldo. Nuevamente un piquete de militantes del sindicato se acercó a la sede central que la empresa posee en Valdemoro, y esta vez, además, con mayor importancia, puesto que al día siguiente comenzaba la huelga que habían convocado los compañeros hasta el día 30.

Durante la hora y media que el piquete estuvo a la puerta de Mediapost se informó del conflicto a los trabajadores de la plantilla y, ya de paso, al resto de trabajadores del polígono.

Al respecto no deja de sorprender la desinformación de quienes forman parte de la empresa y que se traduce en que, pese a los intentos de la dirección de recortar sus derechos y la huelga convocada en Barakaldo con el fin de parar el ataque patronal, hay un buen porcentaje que o no sabe lo que está ocurriendo o prefier hacer oidos sordos.

Esperamos que con este nuevo acto y toda la información difundida, se vaya tomando conciencia de la situación también en la sede Central y por ende se vayan estrechando lazos entre las diferntes plantillas, ahora que tan necesaria es la unidad de acción para la lucha.

Sindicato de Artes Gráficas, Comunicación y Espectáculos de Madrid - CNT

http://www.cnt.es/graficas

graficas_madrid@cnt.es

Tfno.: 91 369 09 72 / 692 022 864

Permanencias de lunes a viernes a partir de las 19:00 horas, miércoles de 10:00 a 14:00 h.

Plaza de Tirso de Molina, 5, 6º derecha. Madrid.

La Regional de Murcia se solidariza con los compañeros de Mediapost de Barakaldo


Mié, 29/06/2011 - 17:33 — pilar-horadada

En la tarde del lunes 27 de junio, varios compañeros/as de la Regional de Murcia de la CNT acudimos a la sede de la empresa Mediapost de Molina de Segura (Murcia), con el objetivo de informar a todos los trabajadores/as de este centro de trabajo de la situación en la que se encuentran sus compañeros de Barakaldo, con una huelga convocada para los próximos días 28, 29 y 30 del presente mes.

Durante las más de dos horas que duró el piquete informativo se repartieron multitud de panfletos con información del conflicto entre todos los empleados/as y trabajadores/as tanto de Mediapost como de otras empresas del polígono industrial que por allí pasaban, la policía no hizo acto de presencia (cosa bien rara pues tienen por costumbre intentar limitar nuestros derechos de forma continua) y la concentración tuvo una buena repercusión tanto en el seno de la plantilla como en trabajadores del polígono industrial que se acercaban a interesarse por el motivo de nuestra presencia.

Desde la Regional de Murcia de la CNT esperamos que con este acto se haya removido alguna conciencia solidaria dentro del seno de esta plantilla, pues bien saben que todo lo que ocurra en Barakaldo, les afecta de manera directa.

www.laconfederacion.es

CNT – Concentración en Coselleria de Medio Anbiente


Mié, 29/06/2011 - 17:00 — sagunto 

Concentración en Coselleria de Medio Anbiente. Lunes 4 de julio 2011 de 12h a 14h.

Francisco Cubells 17 (Valencia, Cabañal).

NO MAS PRECARIEDAD Y REPRESION EN VAERSA. POR UN TRABAJO DIGNO Y UN SERVICIO PÚBLICO DE CALIDAD.

READMISION DEL COMPAÑERO DESPEDIDO YA

La maquinaria jurídica de Vaersa no nos amedrenta en nuestro propósito de seguir luchando en la empresa y en la calle.

Pizza Hut obligada a readmitir a dos trabajadores que despidió por el simple hecho de afiliarse a CNT


Mié, 29/06/2011 - 14:01 — caceres 

- Un juzgado de Cáceres acaba dando la razón a CNT y obliga a PIZZA HUT a readmitir a dos de los trabajadores despedidos por represión sindical.

- De igual modo, la sentencia reconoce el derecho a la acción sindical de CNT en PIZZA HUT y obliga a la empresa a pagar todos los salarios de tramitación desde febrero de 2011.

Vanesa y Alex recuperarán en breve sus puestos de trabajo por orden del Juzgado de lo Social Nº 1 de Cáceres. Ambos trabajadores, afiliados a la Confederación Nacional del Trabajo, fueron despedidos el pasado febrero de 2011 del restaurante cacereño de PIZZA HUT por constituir una Sección Sindical en la empresa y por presentar una tabla reivindicativa. El Juzgado ha declarado nulos sus despidos, reconociendo que éstos fueron motivados únicamente por su acción sindical reivindicativa en la empresa.

La sentencia explica que: "No se discute en el presente sobre la improcedencia del despido de los demandantes, pues la empresa ya lo ha reconocido. El objeto de la controversia versa sobre si hubo o no vulneración de derecho fundamental, esto es, si el despido reconocido improcedente tuvo como causa una represalia por razón de la actividad sindical de los despedidos" (Pág. 3, Párrafo 4). Y en otro punto, añade: "Si la tabla reivindicativa, que sólo es eso, se pone por quien tiene actividad sindical y la empresa reacciona despidiendo a todos los que considera implicados a fin de aleccionar a la plantilla de las consecuencias de actos de esa naturaleza, no hay que ser un gran jurista para comprender que las cosas no se están haciendo bien" (Pág. 9, Párrafo final).

La empresa INVERSIÓN Y RESTAURACIÓN EXTREMADURA S.A. -gestora de las franquicias de PIZZA HUT en Cáceres y Badajoz- también será obligada a reconocer y permitir la acción de la Sección Sindical de CNT y deberá pagar los salarios de tramitación de estos 4 meses que ha durado el conflicto.

En relación a esto, la sentencia dictamina: "(…) la libertad sindical comprende el derecho a que los sindicatos realicen las funciones que de ellos es dable esperar, de acuerdo con el carácter democrático del Estado, lo que supone el derecho a llevar a cabo una libre acción sindical, comprensiva de todos los medios lícitos y sin indebidas injerencias de terceros" (Pág. 4, Párrafo final). El texto también deja claro que: "Es irrelevante que CNT no participe de las elecciones sindicales y que la actora no tenga otra cualidad legal que la de miembro del sindicato, pues le sigue asistiendo la facultad de proceder tal y como hace sin usurpar atribuciones ajenas" (Pág. 10).

Así pues, la sentencia desmantela definitivamente cada una de las falsedades esgrimidas por PIZZA HUT para justificar el despido de los compañeros, demostrando que existió una vulneración grave de sus derechos fundamentales.

En esta victoria ha tenido mucho que ver el enorme eco que esta lucha ha alcanzado en Cáceres y Badajoz, con cerca de 20 concentraciones de protesta a las puertas de PIZZA HUT y una manifestación que recorrió las principales calles cacereñas el 2 de abril de 2011.

Por último, queremos agradecer las múltiples muestras de solidaridad recibidas y recordar que aún queda pendiente -el próximo 5 de julio- el juicio de Chema, el otro compañero que fue despedido por PIZZA HUT con idénticas razones que Vanesa y Alex.

Secretaría de Comunicación y Formación de CNT-AIT Cáceres.

Antonio Galán.

Nota: Podréis encontrar la Sentencia en el Eliseo

Sobreseimiento de la querella que El arzobispado de Toledo interpuso contra un sindicalista de CNT


Mié, 29/06/2011 - 11:46 — SOV-Toledo

El juzgado de instrucción nº 2 de Toledo ha sobreseído la denuncia que El arzobispado de Toledo había interpuesto contra un sindicalista de CNT por hablar de los crímenes de la Iglesia

Desde el sindicato de oficios varios de la CNT AIT de Toledo, tenemos la grata noticia de informar de que el juzgado de instrucción nº 2 de Toledo, ha sobreseído la denuncia que el arzobispado de Toledo había interpuesto a un compañero de la CNT por hablar de los crímenes de la Iglesia católica.

El hecho de anunciar una conferencia sobre los crímenes cometidos por esta institución a lo largo de la historia fue la razón para que el Arzobispado de Toledo denunciase ante el juzgado al compañero Julio Reyero, que figuraba como conferenciante. Recordemos que al compañero le pedían mediante querella judicial 30.000 euros de fianza por hablar, con las pruebas en la mano, de los crímenes pasados y presentes de esta institución.

Todo esto tuvo lugar el 27 de junio de 2008 cuando este sindicato, organizó una conferencia que llevaba por título: "Fundamentos, actitudes y comportamientos de una organización criminal: la Iglesia católica". La sola convocatoria del acto provocó que diario local y las autoridades políticas toledanas se escandalizaran. En Portada del periódico local “El Día de Toledo”, durante los días 26 y 27 de aquel mes, aparecía que "PSOE y PP dicen que la charla de CNT podría ser un delito", y que IU "critica las formas en que se ha organizado". Y a página entera en el interior, además de decir que "el propio título de la conferencia puede ser constitutivo de delito", el portavoz del PSOE afirmaba que "el contenido y el título de la conferencia no corresponde al sentir de casi nadie en la ciudad de Toledo".

Desde CNT no podemos sino congratularnos ante un acto que en si mismo no tenia sentido y que gracias al trabajo de nuestra organización, hemos conseguido parar los pies a una institución que en pleno siglo XXI sigue siendo en la mayoría de los casos 'intocable'.

Sindicato de Oficios Varios de CNT Toledo

Preguntas y respuestas sobre el laberinto educativo


Mié, 29/06/2011 - 09:49 — CNT-AIT

A veces oímos usar indistintamente las palabras: enseñanza, aprendizaje, pedagogía, instrucción, cultura o educación, ¿Son lo mismo?
¿Hay una forma de aprender mejor que otra?
¿Puede un Sistema Educativo Nacional compensar la desigualdad de oportunidades sociales?
¿Qué es el fracaso escolar?
¿Qué tratamiento ha de darse a las creencias en la enseñanza pública?
¿Todos los sindicatos ven del mismo modo el tema de la enseñanza de la religión sostenida con fondos públicos?
¿Es posible hoy la educación libertaria?
¿Cómo reconocer una práctica educativa libertaria?

Ana Sigüenza da respuestas a éstos interrogantes:

[Barakaldo] Primer día de Huelga en Mediapost


Mié, 29/06/2011 - 00:17 — barakaldo

A las 6:45 h. comenzaba la jornada de huelga en Mediapost con un piquete en la empresa formado por l@s trabajador@s en huelga y algún@s compañer@s de la CNT.


Durante la mañana, se informo a l@s poc@s trabajador@s que acudieron al centro de trabajo y se les invito a sumarse a la huelga en defensa de sus derechos y en contra de los recortes promovidos unilateralmente por parte de la empresa.

No pararon de gritarse consignas como “A tod@s nos afecta, to@s a la huelga”, “Basta de recortes en Mediapost”, “La pasividad es complicidad”, “El Comité es de la empresa”, “No somos mercancía de usar y tirar”, “Mediapost escucha la CNT esta en lucha” y “No pararemos hasta la solución”.

Mas tarde se disolvía el piquete, repartiéndose sus integrantes por las diferentes zonas de reparto, para informar al resto de trabajador@s de la huelga y sus motivos, con el fin de sumar fuerzas, respondiendo unid@s.

A las 19:00 h. tenia lugar una concentración en la rotonda de Barakaldo-Sestao para hacer publica la huelga, en una zona de gran transito como es la entrada al Megapark.

Mañana mas y mejor.

EN MARCHA EN LUCHA ESTA LA CNT

MIERCOLES 29

A las 7:00 de mañana piquetes en la empresa. Por la tarde, a las 19:00 h junto al Megapark café (Barakaldo).

JUEVES 30

A las 7:00 de la mañana piquetes en la empresa. Por la tarde, a las 17.30h piquete en la empresa.

CNT constituye Sección Sindical en Visteon para luchar por el mantenimiento de la planta


Mar, 28/06/2011 - 19:38 — prensa 

El sindicato segura que la planta es viable y, en caso de cierre, pedirá responsabilidades penales a los dueños de la empresa

El sindicato CNT ha constituido una Sección Sindical en la empresa Visteon, en el centro de trabajo de El Puerto de Santa María. Un grupo de trabajadores ha decidido organizarse en CNT para dar una respuesta clara a la amenaza de cierre patronal.

La planta de Visteon en El Puerto de Santa María ya sufrió un ERTE en 2008, que supuestamente iba a servir para sacar a flote el centro de trabajo. Sin embargo, desde hace años, la empresa viene formando técnicos de otros países y llevándose maquinaria al extranjero. Se trata de un nuevo caso de deslocalización y destrucción de nuestro tejido industrial, igual de dramático que el de Delphi o la reconversión en el Astillero de Puerto Real. La respuesta, por tanto, debe ser igual o más contundente, dada la situación en la que se encuentra actualmente la Bahía de Cádiz.

Si una ciudad como El Puerto, con más de 11.000 parados, pierde otros 400 empleos, caerá en un boquete del que no podrá salir. Y todo porque esta multinacional quiere más y más beneficios, y no existen mecanismos legales o políticos para controlarla.

Desde CNT buscaremos la unidad con las otras centrales sindicales en la empresa para respaldar las movilizaciones acordadas en las asambleas de trabajadores y luchar por el mantenimiento de unos puestos de trabajo que afectan indirectamente a la estabilidad económica de El Puerto y toda la Bahía de Cádiz.

CNT afirma que la empresa es viable y recordamos que un cierre patronal es un delito. En caso de llevarse a cabo se pedirán responsabilidades penales contra los dueños de la multinacional. El sindicato exige a la empresa seriedad, transparencia y voluntad de negociación para mantener los puestos de trabajo.

SOV de CNT de El Puerto de Santa María y Jerez de la Frontera

[Barakaldo] Comienza la Huelga en Mediapost


Mar, 28/06/2011 - 00:45 — barakaldo 

El lunes 27, un buen número trabajador@s y compañer@s de la CNT se concentraban en frente de Mediapost para anunciar la huelga que tendrá lugar los días 28, 29 y 30 de junio en la empresa. La acción era secundada simultáneamente en otras partes del Estado como Barcelona, Madrid o Levante, en los que la empresa cuenta también con representación; gracias a la solidaridad de l@s compañer@s de la Confederación.


La concentración daba comienzo sobre las 17:30 h. con la empresa aparentemente cerrada, cuando su horario habitual de cierre es a las 18:00 h. Aun así, l@s trabajador@s y compañer@s allí reunid@s, gritaron bien alto consignas a favor de la huelga y en contra de los recortes en Mediapost. Mas tarde, la propia empresa tuvo que delatar su presencia al abrir el portón para dejar entrar una furgoneta de reparto.

Durante la concentración se animo al resto de trabajador@s a sumarse a la huelga y a defender sus derechos.

Tras quedar para los piquetes del día siguiente, se dio por finalizado el acto con los ánimos bien cargados para la primera jornada de Huelga.

MEDIAPOST ESCUCHA, LA CNT ESTA EN LUCHA

[BCN] Concentración en Mediapost de apoyo a la huelga de CNT Barakaldo

Mar, 28/06/2011 - 00:15 — Prensa

La CNT de Barcelona se concentró el pasado lunes 27 de junio en las puertas de Mediapost, para solidarizarse con la convocatoria de huelga de los días 28, 29 y 30 de junio de CNT Barakaldo. Durante la concentración, se repartieron octavillas y se difundió por megafonía las razones del conflicto, mientras que se desplegaba una pancarta en contra de los recortes en Mediapost.

Tras la absorción de BK Distribuciones y Sector Distribuciones, por parte de Mediapost, esta no ha respetado los derechos anteriores a la compra. Mediapost ha impuesto el convenio inferior de reparto sin direccionar, cuando los trabajadores se regían por el convenio de entrega domiciliaría.

Además, ha congelado el salario durante dos años, rebajado el plus de excedencia, no han cumplido con la subida de horas de contrato a los/as trabajadores/as de 4 y 5h y ha despedido compañeros arbitrariamente. Por si no fuera poco, en el primer convenio de empresa que están negociando en Madrid pretenden que la jornada laboral sea de lunes a sábados, que se trabaje 50h más anuales por el mismo salario, eliminar el plus de excedencia y hacer desaparecer la productividad por una renta variable uniéndola a si hay beneficios o no.

Por todos estos motivos, la sección sindical de CNT en Mediapost en el centro de trabajo de Barakaldo, ha acordado convocar huelga, para mostrar el rechazo a los recortes y llama a los/as trabajadores/as a responder con dignidad, parando el carro y la actividad en la empresa para defender unidos nuestros derechos y nuestro futuro.

Más información: http://bizkaia.cnt.es

Campaña contra los desahucios bancarios. Contra el abuso del capital acción directa.


Lun, 27/06/2011 - 17:55 — SOV-Cadiz 

El SOV de Cádiz , ha iniciado una campaña contra los desahucios bancarios. Ademas de la campaña informativa pensamos crear una red de apoyo contra los desalojos de los inmuebles por parte de las entidades bancarias.

Hemos sacado carteles y pegatinas para pegar en los bancos, si algun sindicato o individualidad quiere unirse a la campaña, bienvenido sea.

CNT-Cádiz

Jornada de lucha contra la reforma de la negociación colectiva

Lun, 27/06/2011 - 14:21 — jaen

Fecha y hora del evento: 29/06/2011 - 19:00 - 22:00

El Sindicato de Oficios Varios de Jaén ha organizado una jornada de lucha contra la reforma de la negociación colectiva planteada por el PSOE. Dicha reforma, que aumenta el poder de los empresarios en dicha negociación, apenas si ha sido contestada por los sindicatos mayoritarios, UGT y CC.OO., que parecen estar totalmente desaparecidos (algo que se explica en gran medida porque la reforma fortalece sus privilegios como burocracias sindicales).

Desde la anarcosindical giennense planteamos la necesidad de seguir contestanto a cada recorte con movilización, organización y lucha, pero pensamos que también es necesario pasar a la ofensiva y canalizar el hartazgo de la gente hacia propuestas ofensivas, autogestionadas, con el fin de poner en pie alternativas de todo tipo a esta sociedad podrida por el mercadeo de los políticos y los capitalistas.

No es hora de lamentarse... ¡Es hora, una vez más, de organizarse y luchar!

Cartel:

http://elotrojaen.blogspot.com/2011/06/jornada-de-lucha-contra-la-reform...

CNT rechaza las nuevas decisiones de la Consellería de Educación


Lun, 27/06/2011 - 12:45 — SOV-Compostela

La CNT-ENSINO se sumará, junto al resto de los sindicatos del sector, a las movilizaciones en contra de la propuesta de reglamento de horarios del profesorado que quiere aprobar la Consellería de Educación. El primer acto de este calendario de movilizaciones será la manifestación que tendrá lugar el próximo martes 28 de junio a las 11.30 h. de la mañana en la Praza do Toral.La nefasta propuesta que viene de hacer pública la Consellería destruye de manera antidemocrática los acuerdos firmados en junio de 2007, por los que se aprobaba un horario de docencia directa de 21 horas junto a otras medidas enfocadas a aumentar la calidad de la enseñanza. Siguiendo con su política autoritaria, el consejero de Eduación Jesús Vázquez, decidió de manera unilateral y en una maniobra manifiestamente perversa, anunciar esta medida al final de curso. Esta destructiva medida supone obligar al profesorado gallego de educación primaria y secundaria a acometer tareas que nada tienen que ver con las corresponsales a su horario lectivo, hecho que ademáis de reducir la calidad de enseñanza afectará directamente al catálogo de profesores de los centros dejando en la calle a centenares de profesores y profesoras interinos.Esta medida ruín y agresiva se suma la otras que vienen deteriorando de manera determinante la enseñanza pública en la Galicia, como fueron la aprobación del decreto contra lo gallego o la demagógica Ley de Convivencia Escolar. Al igual que en estas otras dos decisiones de la Consellería, la CNT-ENSINO se posiciona firmemente en contra y participará activamente contra la nueva propuesta del gobierno autonómico junto con el resto de las fuerzas sindicales de la enseñanza de la Galicia.La CNT-ENSINO desaprueba rotundamente cualquier decisión de la Consellería de Educación que ponga en peligro las condiciones laborales y académicas del profesorado y rechaza la nueva carga horaria y las funciones que esta nueva medida pretende habilitar. Desde la CNT-ENSINO de la Federación Local de Compostela hacemos un llamamiento directo a todas las Federaciones Locales de Galiza a la movilización y plantea participar en todas las acciones -incluidas futuras huelgas- que tengan como objetivo la retirada sin condiciones de esta nefasta propuesta normativa.HAY QUE PARARLOS! EN DEFENSA DE La ENSEÑANZA PÚBLICA!CNT-ENSINOFEDERACIÖN LOCAL DE COMPOSTELA

[BCN] Concentración del Sindicato CNT en Restaurante GINO'S


Lun, 27/06/2011 - 10:15 — Prensa

El pasádo sábado 18 de junio la CNT de Barcelona convocó una concentración ante el restaurante GINO'S del Centro Comercial La Maquinista, en Barcelona, para apoyar a la Delegada Sindical de la CNT en SIGLA IBÉRICA S.A, grupo al que pertenece GINO'S.

La CNT defenderá donde sea y por todos los medios a su alcance a sus representantes y afiliados en GINOS y SIGLA IBÉRICA frente a la mínima coacción, acoso sexual o represión sindical. Así mismo no permitirá ningún incumplimiento en materia de Seguridad e Higiene en los diferentes establecimientos de la Compañía, exigiendo en todo momento condiciones dignas de trabajo, comida y vestuario.

Anunciamos a todos los trabajadores de GINO'S que este Sindicato inicia una campaña de inspección y presentación del Sindicato en todos los centros de trabajo y les animamos a organizarse y defenderse junto a nosotros.

[Zaragoza] Crónica de la manifestación del 23 de junio


Lun, 27/06/2011 - 10:02 — prensa 


Cerca de un millar de personas salieron a la calle el 23 de junio, convocadas por los sindicatos CATA, CGT, CNT, Intersindical de Aragón y SOA, para manifestar su rechazo frontal contra la reforma de la negociación colectiva y en general contra todas las medidas antisociales aprobadas por Gobierno, patronal y burocracias sindicales.

Tanto en el transcurso de la manifestación como en las intervenciones finales predominaron las alusiones a favor de una huelga general contra todos los recortes, a diferencia de la del 29-S, que sólo fue contra la Reforma Laboral.

También fueron nota general de la manifestación las duras críticas contra las cúpulas de CCOO, UGT, así como contra las organizaciones patronales y el Gobierno, actualmente presidido por el PSOE.

Alrededor de 1.000 personas se dieron cita a las 20:00 en la Plaza del Portillo de Zaragoza, secundando de esta manera la convocatoria unitaria realizada por los sindicatos CATA, SOA, CGT, Intersindical-Aragón y CNT para manifestarse contra la Reforma de la Negociación Colectiva. Si bien el acto se había convocado contra este último atropello perpetrado por el Gobierno y los llamados “agentes sociales” (CEOE, CEPYME, UGT y CCOO), como es lógico los manifestantes no dejaron escapar la ocasión de recordar y hacer patente el rechazo contra otras reformas recientes, como la laboral, la de las pensiones o, también, la del decreto que regula los EREs.

La marcha, que recorrió buena parte del centro de la ciudad para finalizar en la Plaza de la Magdalena, fue presidida por una pancarta conjunta en la que se podía leer “Basta de retroceder. Es hora de luchar”, y también acompañó en todo momento a la movilización la constante exigencia de ir a una nueva huelga general que se plantee no contra unas reformas sí y otras no, como fue el caso del 29-S, sino contra todos los pactos contra los trabaja dores habidos en los últimos tiempos.

Al término del acto, que transcurrió sin incidentes reseñables, cada organización dispuso de unos minutos para dar su propio planteamiento ante esta situación de crisis generalizada y agresión constante contra los más pobres. Por su parte, la CNT puso de manifiesto la necesidad de continuar estos procesos de lucha contra los recortes llevándolos a los centros de trabajo, así como la no menos imperiosa necesidad de fortalecer un sindicalismo que recurra a estrategias claramente diferenciadas de las de CCOO y UGT, haciendo valer mecanismos de participación directa en los tajos y que den protección equitativa frente a despidos como son las secciones sindicales, a diferencia y en contraposición a la representación unitaria (comités de empresa), o la independencia económica de los sindicatos respecto al Estado y sus Administraciones como premisa básica para evitar caer en la corrupción que domina las cúpulas de los dos sindicatos mal llama dos mayoritarios. La intervención de la CNT, que al igual que las de las demás organizaciones también analizó los recortes habidos, concluyó haciéndose eco de lo que la manifestación había venido coreando: el objetivo fundamental de convocar una huelga general que cumpla la doble misión de plantear la mayor resistencia posible a las políticas gubernamentales, y de quitarle la careta de una vez por todas a CCOO y UGT, cuyos aparatos, más que comportarse como sindicatos, han demostrado una vez más con los últimos pactos, ser gestorías de venta de derechos laborales.

Imágenes de la moviliza ción en noblezabaturra.org:

Enlace a la noticia de Arainfo, con fotos y las intervenciones de los distintos Sindicatos en el mitin al fina de la manifestación en el titulo

[Tenerife] Manifestación: "Basta de retroceder"


Dom, 26/06/2011 - 19:09 — prensa

Jueves 30 a las 7 de la tarde desde la Plaza de la Paz de S/C de Tenerife.

La CNT, confluyendo con otros sindicatos (CGT, FSOC, EA, COBAS, IC y USO) convoca manifestación contra los recortes sociales y el pacto del €uro.

CNT - Canarias

[Aranjuez] Represión sindical en el Hospital del Tajo


Sáb, 25/06/2011 - 18:02 — prensa 


El pasado 11 de Junio nuestra compañera Beatriz Cantero Guardeño recibía un burofax de la empresa Cogesa Logística,S.L., encargada de los servicios de transporte interno-externo y gestión auxiliar del Hospital del Tajo, en el que se comunicaba su despido, en principio disciplinario, si bien acto seguido y en la misma carta se reconocía la improcedencia del mismo, poniendo a disposición de la compañera las cantidades correspondientes a la indemnización, así como la liquidación y finiquito hasta la fecha del despido. Hasta aquí todo "normal" dentro de la práctica generalizada de las empresas de despedir libremente y a capricho, poniendo sobre la mesa una cantidad insignificante, tanto para la empresa que despide, como para la persona despedida que deberá hacer frente a una situación de crisis, sin trabajo, que irá agotando rápidamente el dinero de la empresa y las prestaciones de los servicios de empleo correspondientes.

Pero el caso de Beatriz tiene algo de especial que hace que además de privatizar la gestión de los nuevos hospitales y determinados servicios de los mismos, también se estén privatizando los derechos de los trabajadores haciendo que el ejercicio de los mismos sea cada vez más limitado y arriesgado. Así Beatriz ha tratado de ejercitar un derecho constitucionalmente reconocido como es el de libertad sindical y dentro de este derecho el constituir una sección sindical de CNT en el Hospital del Tajo. Concretamente la constitución de esta sección se formalizó el día 25 mayo de 2011 en una asamblea entre los trabajadores, afiliados a CNT, de la empresa Cogesa y en la que acordaron constituir la sección sindical y elegir a Beatriz como delegada de la misma. Este hecho se formalizó por escrito y se notificó tanto a la autoridad laboral como a la empresa Cogesa. Concretamente se remitió burofax a la empresa, por parte de CNT el día 8 de junio de 2011 en la que se comunicaba la creación de la sección sindical y la designación de Beatriz como delegada de la sección creada. El mismo día 8 de junio la empresa recibía el burofax y al día siguiente, por la mañana, enviaba un burofax a Beatriz comunicándole su despido.

El catorce de junio de 2011 la empresa vuelve a las andadas, pero una vez descabezada la sección sindical continua con el intento de exterminar "el mal" y esta vez va a por las afiliadas al sindicato y por tanto pertenecientes a la sección sindical, concretamente es Araceli Cantero Guardeño, hermana de Batriz, a la que mediante Burofax se le comunica despido disciplinario e inmediatamente después y en el mismo burofax se reconoce la improcedencia del mismo.

Hasta aquí los hechos y ahora ¿hablamos de derechos?

Consideramos estas actuaciones como una agresión al conjunto de los trabajadores y sobre todo de aquellos que tratan de mantener, a duras penas, la dignidad en el puesto de trabajo, tanto la propia como la del resto de los compañeros.

Esta actuación de Cogesa es una de las tantas que realiza dentro de su "política de empresa", consistente en vulnerar de manera reiterada los derechos de los trabajadores, en el campo de la seguridad laboral, las vacaciones, los trabajos encomendados, etc.

Hoy comienza un conflicto dentro de una lucha que ya emprendimos hace tiempo en contra de los nuevos modelos de hospitales privados o de gestión privada, en estos, lo que prima es la cuenta de resultados al final de año y no los servicios ofrecidos a los ciudadanos ni la calidad de los mismos representada en los profesionales que ofrecen estos servicios y las condiciones laborales y materiales en que los prestan.

Denunciamos aquí y denunciaremos en los tribunales estas prácticas, que queremos hacer públicas, porque las mismas, en un campo tan sensible como la Sanidad Pública, nos afecta al conjunto de trabajadores. Pedimos la solidaridad y el apoyo a nuestra lucha que no terminará hasta conseguir que al menos se cumpla los derechos que a duras penas aún conservamos.

Salud a los que luchan

CNT - Aranjuez

Declarado nulo el despido de la Delegada Sindical de CNT en Carrefour – Pilar de la Horadada


Sáb, 25/06/2011 - 13:33 — pilar-horadada


Un juzgado de Elche reprende contundentemente a la empresa al establecer que las razones que arguyó para justificar el despido fueron “totalmente inventadas”

En los próximas días, Indira Martínez, delegada sindical de CNT en Grupo Supeco Maxor S.L propiedad de Carrefour, despedida el pasado 29 de octubre del centro Carrefour Express de Pilar de la Horadada por luchar por los derechos de los trabajadores, vuelve a la empresa. Así lo ha ordenado una sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Elche, que ha declarado nulo su despido.

La sentencia deja claro que "…las faltas imputadas estarían a fecha 16/10/2010 totalmente prescritas y no constituirían sino una excusa para despedir a una trabajadora que se había afiliado a un sindicato que no era de su agrado, de forma que si al principio les parecía una anécdota, con el devenir del tiempo y con la actividad reivindicativa de la actora, pasó a convertirse en una molestia, optando por “desprenderse” de la misma mediante la imputación de unas faltas “totalmente inventadas” con la plena conciencia que el cese jamás sería declarado procedente…”" (página 15, párrafo 21) y que "tal y como han sucedido las cosas el cese carece de justificación alguna y no es sino fruto de su voluntad de cortar de raíz cualquier posibilidad de implantación de la CNT en su seno" (página 15, párrafo 31).

Así pues, quedan definitivamente desmanteladas cada una de las falsedades esgrimidas por la empresa para justificar el despido de la compañera, pues el propio juez estima que fueron inventadas para intentar quitarse de encima a una trabajadora y a un sindicato que no eran de su agrado.

Esta sentencia representa una victoria en toda regla de los compañeros de la CNT en Carrefour Express que, desde que se constituyó la sección sindical, han sufrido gravísimos ataques por parte de la empresa como consecuencia de su lucha y de las exigencias a la empresa de que cumpliera con la ley.

Desde el Sindicato de Oficios Varios de CNT de Pilar de la Horadada consideramos que esta victoria es un gran triunfo para la clase obrera y para nuestra organización, que prueba de forma rotunda que la lucha sirve. El despido de Indira Martínez se produjo como consecuencia de su actitud reivindicativa y luchadora y fue un acto de represión sindical con el que Carrefour Express quería dar una señal clara a los trabajadores de la empresa: el que se atreva a luchar se va a la calle. Esta sentencia tiene por tanto una trascendencia política y sindical muy importante ya que constituye un mazazo contra la pretensión patronal de sentar un precedente que sirviera para atemorizar al movimiento obrero y particularmente al sindicalismo de base, sin subvenciones ni liberados. Le hemos dado la vuelta completa a la pretensión patronal. Esta victoria sienta un precedente a favor del movimiento obrero y a favor de la lucha: frente a los recortes laborales y los despidos, no se pueden hacer concesiones, los trabajadores tenemos que luchar hasta el final y movilizarnos unitariamente en todas las empresas para defender nuestros intereses y evitar que el único derecho que nos quede sea el de callar.

Esta también es una victoria lograda gracias al enorme eco que tuvo esta lucha en las calles de Pilar de la Horadada con más de 30 concentraciones a las puertas del supermercado y una manifestación que recorrió las calles del pueblo. También desde otros muchos puntos del estado se han realizado piquetes en solidaridad: Sagunto, Murcia, Valencia, Elche, Alicante…, traspasando incluso nuestras fronteras se han solidarizado desde Brasil, Francia…

En el actual contexto sociopolítico donde cada modificación legislativa del Estatuto de los Trabajadores se traduce indefectiblemente en una intolerable pérdida de derechos para la clase trabajadora, ahora más que nunca desde el Sindicato de Oficios Varios de Pilar de la Horadada de la CNT deseamos reafirmarnos en nuestra persecución de la justicia social. Jamás nos callaran por un trozo de pan, no dejaremos tirados a nuestros compañeros y nos defenderemos en la calle ante este frontal ataque a que está siendo sometida en particular nuestra Sección Sindical por el hecho de ser CNT, y en general, toda la clase obrera.

Campaña por un transporte público digno


Jue, 23/06/2011 - 19:07 — jaen 

La CNT-AIT de Jaén pone en marcha una campaña con el título: “Por un transporte público digno para Jaén” con el objetivo de mejorar y propiciar el uso del Transporte Público en nuestra ciudad. Desde nuestro sindicato entendemos que son muchas las carencias y muchos los aspectos a mejorar en los diferentes medios que se ponen a disposición de los ciudadanos. La CNT de Jaén entiende que nuestra ciudad es un lugar apropiado para desplazarse en medios de transporte público. Sin embargo, las diferentes políticas de movilidad aplicadas por los equipos de gobierno municipales y autonómicos, han hecho que el coche sea el verdadero eje del transporte en la ciudad: unas veces se ha primado sin más el uso del vehículo particular y, otras se ha intentado la semipeatonalización y el uso del transporte público pero sin éxito debido a una mala planificación de los servicios públicos y las infraestructuras.


Los ciudadanos de Jaén somos quienes sufrimos este auténtico caos organizativo del tráfico: atascos a determinadas horas, inaccesibilidad, un transporte público más que deficiente, etc. Es en este último punto donde la CNT propone una serie de mejoras, puesto que entendemos que es clave para hacer de Jaén una ciudad mejor para vivir en ella. Somos muchos trabajadores los que podríamos utilizar este medio si realmente hubiese una buena distribución de líneas o unos horarios que facilitasen su uso haciendo así una ciudad para las personas y no para los vehículos privados. Así pues, desde nuestro sindicato adjuntamos la Tabla Reivindicativa que presentaremos al Ayuntamiento y a la Junta de Andalucía.

Las reivindicaciones contenidas en esta Tabla se basan en tres pilares básicos: mejorar en la gestión de los sistemas de transporte públicos de la ciudad mejorando la prestación de servicios al ciudadano en cuanto a vehículos, horarios y distribución de líneas. Ampliar la oferta de transporte público tanto para la ciudad como para el Área Metropolitana. Optimizar los recursos buscando una correcta integración de los diferentes sistemas de comunicación: bus-tranvía-tren. En definitiva, crear una verdadera red de servicios públicos que eviten el uso del coche particular en la ciudad haciendo esta un lugar más transitable para el peatón. Por último, y no por ello menos importante, entendemos que estas mejoras también deben incluir a los trabajadores de estas empresas o administraciones implicadas no pagando con recortes laborales las posibles mejoras que se puedan dar, si no todo lo contrario, mejorando sus condiciones laborales.

Nuestro sindicato entiende que el dinero que el PSOE ha gastado en el tranvía ha sido un despilfarro, ya que con el dinero invertido se podrían haber mejorado las infraestructuras y servicios existentes. Sin embargo, el tranvía es ya hoy una realidad y como tal, debe integrarse en los servicios de transporte y que sirva para esa mejora que desde la CNT de Jaén estamos proponiendo.

¡Es un derecho, no un privilegio!

Sigue nuestra campaña a través de su web: http://transportedigno.cntjaen.org.es/

viernes, 24 de junio de 2011

El Tribunal Supremo no admite el recurso de Panda Security. Sentencia firme: despido nulo del delegado de CNT(breve historia)

El Tribunal Supremo no admite a trámite el recurso de la empresa. Se consigue el despido nulo debido a la vulneración del derecho fundamental garantía de indemnidad(proteger de represalias al trabajador que demanda al empresario ).

Tras un mes de formación y posible contratación, comienza la relación del trabajador con la empresa(por entonces Panda Software). Como la mayoría de compañeros de la división a la que se incorpora es contratado a través de una ETT y un salario base de 883 €, cuando el correspondiente por aquella época hubiera sido de 1127 €.Cada 2 meses firma de un nuevo contrato con su período de prueba. Los horarios eran los de 24 horas 365 días al año, sin cobrar horas extras(éstas sobrepasaban las que legalmente se permiten cada año), turnicidad, ni nocturnidad.

Después de 2 años de numerosos contratos como eventual a través de ETT, pasa a formar parte de otra división, contratado por la empresa. Mismo salario(correspondiente a la categoría de Oficial de 2ª oficios varios) y horarios similares.

En la nueva división, pasado un tiempo le nombran responsable de un grupo de técnicos. Antes de su despido iba a realizar también las funciones de una nueva línea de trabajo que era “Plataformas y malware para dispositivos móviles”. Más funciones, responsabilidades, carga de trabajo,... pero igual categoría y retribución correspondiente.

Los años de antigüedad del trabajador en la empresa iban aumentando pero el salario seguía siendo el mismo ya que la empresa no realizaba revisiones salariales. Las excusas de la empresa eran: “has estado contratado por ett, le corresponde a ella hacerte la revisión”, “llevas menos de 1 año contratado por empresa, no podemos hacerte revisión”. “Has cambiado de división y debido a esto hasta no transcurrir un año en la nueva división no se hace revisión”. La última negativa fue alegar “que la empresa tenía nueva dirección, ya que había sido vendida, y no tenían en sus planes hacer ninguna revisión”. Despedido el trabajador se obligó al resto de compañeros a firmar un documento donde el trabajador renunciaba a la revisión salaria anual. En 2011 se siguen riendo de los trabajadores y dicen que este año no hay revisión debido a que no hay nuevas tablas salariales donde les marquen la subida a realizar. Cuando hay convenio en vigor no lo reconocen y a ver quién se atreve a mencionarlo, cuando lo hay como ahora pero de eficacia limitada, que este convenio no les obliga a realizar subida. Qué cantidad de dinero, perteneciente a los trabajadores, se apropia la empresa con este modo de actuar teniendo una plantilla de cerca de 400 empleados?

Una empresa, donde la mayoría de sus 400 trabajadores están clasificados erróneamente. La empresa y recursos humanos saben de la mala clasificación profesional, lo que supone un cuantioso ahorro para la misma. Una media de 300 € por cada trabajador, multiplicado por 15 pagas y al menos durante 5 años, daría como resultado una cantidad suficiente para que el edificio de Gran Vía nº 4 donde se halla la empresa, haya sido adquirido en gran parte gracias a la aportación involuntaria de cada trabajador.

La categoría Oficial de 2ª Oficios Varios es definida como:”Oficios varios personal como mecánicos, carpinteros y electricistas que realiazan trabajos propios de un oficio de cualquiera de las categorías señaladas”. La empresa para realizar las funciones de los trabajadores de la división en la que se encontraba el trabajador exige como mínimo el siguiente perfil:

-Estudios mínimos de Ciclo o grado superior en áreas de programación de software.
-Requiere también de modo imprescindible conocimientos en lenguaje de programación de alto nivel y recomendable nivel bajo con ensamblador.
-Inglés de nivel medio.
-También requiere un mínimo de un año de experiencia en desarrollo de software con la metodología de trabajo que conlleva.

Antes de su despido, el trabajador junto con el resto de compañeros del departamento al que pertenecían, realizan un documento de sugerencias con mejoras de las condiciones de trabajo. Entre otros puntos se solicitaba la mejora de la categoría profesional, pluses a los responsables de grupo, automatización de tareas,...

Los directores de división y departamento hacen caso omiso. El trabajador decide seguir adelante con ese documento y hacérselo llegar al departamento de Recursos Humanos. Intercambios de mails con RRHH pero no quieren tratar dicho documento. Es cuando al trabajador, en asamblea celebrada, se le nombra delegado de la sección sindical de CNT en dicha empresa. La intención es la consecución de los derechos que les pertenecen(categoría profesional, cobro de horas extras, nocturnidad, pluses de responsables o categoría superior,...).

Se interpusieron varias papeletas de conciliación ante el SMAC con motivo de reclamación de categoría y revisión salarial anual.

La empresa entonces llamó al trabajador para hablar y conocer las reivindicaciones. El trabajador ilusionado fue a dicha reunión para trasladarle las pretensiones del colectivo de trabajadores. La empresa escuchó y dijeron que lo estudiaban. En la 2ª citación para celebrar una reunión fue para comunicar al trabajador su despido. Se cumplen los peores augurios, pero era algo que se asumía al reivindicar en esta empresa algún tipo de derecho.

El trabajador al presentar las reclamaciones de categoría y revisión salarial, solicita la realización de un informe por parte de Inspección de Trabajo para dichos juicios. La empresa, antes del juicio a celebrar con motivo de dichas reclamaciones y despido nulo, mejora levemente la categoría del colectivo de trabajadores de su mismo departamento, suprime el turno de noches(el convenio sobre el trabajo nocturno establece que deberá retribuirse incrementado en un 100% más sobre los salarios fijados, condición que no se cumplía por parte de la empresa) y los puestos de responsables de grupo.

Actualmente, el delegado de la Sección Sindical de la CNT en la empresa, continúa con la lucha hasta la consecución de los derechos que como trabajadores les corresponden.