martes, 30 de marzo de 2010

CESPA da marcha atrás y reincorpora al compañero Juan Uclés en su puesto de trabajo



Lun, 29/03/2010 - 23:59 — SOV-Adra

El pasado 12 de marzo, tras la reunión mantenida en el CMAC entre CESPA y miembros de la asesoría jurídica de la CNT la empresa reconsidera su postura inicial y da marcha atrás en la decisión de ejecutar una suspensión de empleo y sueldo de dos meses que tenía pendiente el compañero Juan Uclés. La concesionaria CESPA pretendía que el trabajador cumpliera ahora esta sanción que le fue comunicada el 18 de agosto de 2009. Esta sanción que en su momento no fue impugnada no podía ser ejecutada como pretendía la empresa, ya que las sanciones según el artículo 49 del régimen disciplinario deben de ejecutarse dentro del mes siguiente a su resolución.

Con esta decisión la empresa de forma implícita reconoce que no puede aplicar la sanción que en su día le impusieron al trabajador. A pesar del acercamiento de posturas el acto de conciliación se cerró sin avenencia. La empresa exigía determinadas concesiones por parte del trabajador a cambio de reintegrarle los salarios que dejó de percibir durante los días que estuvo indebidamente en situación de suspensión de empleo y sueldo. Finalmente, estas concesiones, no fueron aceptadas por parte del trabajador afectado. CESPA se enfrenta ahora a una demanda de reclamación de cantidad de estos salarios más una indemnización por los daños causados.

Desde la CNT destacamos que en este periodo el compañero no ha estado desamparado Tanto desde la representación sindical en la empresa como desde el propio sindicato CNT se han hecho gestiones para restablecer los derechos que de forma arbitraria se estaban conculcando. Por otra parte en todo momento el trabajador ha contado con la ayuda económica de la central anarcosindicalista que generosamente le ha entregado para paliar la merma económica que ha padecido.

Recordamos que este expediente lo motivó la actitud del trabajador de no quitarse la ropa de trabajo fuera del horario mientras la empresa no habilitara taquillas y otros medios en el cantón que la empresa dispone en el núcleo urbano de Adra para los trabajadores que realizan funciones de barrido manual. Esta controversia dio origen a unos supuestos insultos a un capataz de la empresa y por otra parte, a una denuncia de la sección sindical de CNT a la Inspección de Trabajo. Finalmente la Inspección dio la razón al sindicato, requiriendo a la empresa para que subsanara estas deficiencias.

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