viernes 2 de septiembre de 2011
Antes de nada, comentar que poco antes de despedirnos, nos informaron que el Departament había decidido eliminar la cuenta personal de correo a los trabajadores del AGI, pasando de nombre.apellido@gencat.cat a cuentas genéricas por grupo de trabajo con el objetivo de camuflar, inútilmente, la cesión ilegal de trabajadores. Dado que nos despidieron en periodo de huelga, no pudimos recuperar nuestros datos, por lo que el 17 de Junio presentamos una denuncia ante la Agència Catalana de Protecció de Dades (ACPD) para reclamar el acceso a nuestros datos personales y sindicales tal y como establece la la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal. El 29 de Julio, mientras nos encontrábamos en la concentración a las puertas del Departament, nos hicieron llegar la resolución firmada por el nuevo Director de Serveis en el que se nos informa que nos darían acceso a nuestros datos, pero con ciertas limitaciones: Se nos deniega el acceso a nuestra cuenta de correo personal aludiendo que se encuentra deshabilitada y, por tanto, ya no es accesible. Se nos deniega el acceso a nuestra carpeta personal almacenada en un servidor aludiendo que contiene información no personal. Se nos permite acceder a los datos almacenados en nuestro PC, pero manipulando la información un trabajador del Departament y bajo la presencia de un trabajador de IECISA. Como ya nos tiene acostumbrados el Departament, se vuelve a saltar las normas y las leyes, así que ya hemos presentado el recurso de alzamiento contra la resolución y una nueva denuncia ante la ACPD pidiendo: Primero .- Que se permita el acceso a los datos personales y sindicales de las estaciones de trabajo, tal y como establece la resolución del Director de Serveis. Segundo .- Acceso a los datos personales almacenados en las carpetas personales. En el anterior escrito se pidió el acceso únicamente a esta carpeta, no a datos compartidos de trabajo. Tercero .- Acceso a la cuenta personal de correo, nombre.apellido@gencat.cat. El hecho de estar inhabilitada no es una escusa razonable, técnicamente se puede volver a habilitar. Queremos recordar que el artítuclo 10 de la Ley Orgánica 15/1999 es muy claro en este aspecto: “deber de guardarlos, obligaciones que subsisten incluso después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, si se tercia, con su responsable”. La pérdida de los correos supondría la destrucción de pruebas de un proceso judicial abierto, así como el incumplimiento del artículo 9.1 de esta misma Ley que especifica que el responsable de los ficheros o el encargado de su tratamiento deben “evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado”. Cuarto .- El hecho que un trabajador del Departament y otro de IECISA manipulen y accedan a los datos personales vulnera este derecho. Los datos de carácter sindical están considerados especialmente protegidos por su propia naturaleza en el artículo 7 de la mencionada Ley, y por tanto esperamos que se respete la privacidad y confidencialidad a la hora de ejercer el derecho de acceso, modificación y eliminación. Quinto .- Tenemos constancia que se ha permitido el acceso no autorizado a nuestras estaciones de trabajo, incumplimiendo descaradamente el artículo 9.1 de la Ley mencionada, así como el artículo 18 de la Constitución Española que especifica el derecho a la intimidad personal, además, teniendo en cuenta el carácter sindical de los datos, podríamos encontrarnos ante un posible caso de espionaje sindical. Por todo ello, pedimos que se investigue el cumplimiento de la normativa vigente con el fin de buscar responsabilidades. Sexto .- Dado que el Departament conoce perfectamente la normativa que dice cumplir, pedimos recibir por escrito la metodología seguida en casos como el nuestro y las piezas del mecanismo burocrático que se han puesto en funcionamiento para garantizar nuestros derechos y el cumplimiento de la normativa vigente.
Sección Sindical de CNT-AIT en el Área de Gestión de Infraestructuras (A.G.I.) del Departament de Territori i Sostenibilitat (DTES) de la Generalitat de Catalunya
Antes de nada, comentar que poco antes de despedirnos, nos informaron que el Departament había decidido eliminar la cuenta personal de correo a los trabajadores del AGI, pasando de nombre.apellido@gencat.cat a cuentas genéricas por grupo de trabajo con el objetivo de camuflar, inútilmente, la cesión ilegal de trabajadores. Dado que nos despidieron en periodo de huelga, no pudimos recuperar nuestros datos, por lo que el 17 de Junio presentamos una denuncia ante la Agència Catalana de Protecció de Dades (ACPD) para reclamar el acceso a nuestros datos personales y sindicales tal y como establece la la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal. El 29 de Julio, mientras nos encontrábamos en la concentración a las puertas del Departament, nos hicieron llegar la resolución firmada por el nuevo Director de Serveis en el que se nos informa que nos darían acceso a nuestros datos, pero con ciertas limitaciones: Se nos deniega el acceso a nuestra cuenta de correo personal aludiendo que se encuentra deshabilitada y, por tanto, ya no es accesible. Se nos deniega el acceso a nuestra carpeta personal almacenada en un servidor aludiendo que contiene información no personal. Se nos permite acceder a los datos almacenados en nuestro PC, pero manipulando la información un trabajador del Departament y bajo la presencia de un trabajador de IECISA. Como ya nos tiene acostumbrados el Departament, se vuelve a saltar las normas y las leyes, así que ya hemos presentado el recurso de alzamiento contra la resolución y una nueva denuncia ante la ACPD pidiendo: Primero .- Que se permita el acceso a los datos personales y sindicales de las estaciones de trabajo, tal y como establece la resolución del Director de Serveis. Segundo .- Acceso a los datos personales almacenados en las carpetas personales. En el anterior escrito se pidió el acceso únicamente a esta carpeta, no a datos compartidos de trabajo. Tercero .- Acceso a la cuenta personal de correo, nombre.apellido@gencat.cat. El hecho de estar inhabilitada no es una escusa razonable, técnicamente se puede volver a habilitar. Queremos recordar que el artítuclo 10 de la Ley Orgánica 15/1999 es muy claro en este aspecto: “deber de guardarlos, obligaciones que subsisten incluso después de finalizar sus relaciones con el titular del fichero o, si se tercia, con su responsable”. La pérdida de los correos supondría la destrucción de pruebas de un proceso judicial abierto, así como el incumplimiento del artículo 9.1 de esta misma Ley que especifica que el responsable de los ficheros o el encargado de su tratamiento deben “evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado”. Cuarto .- El hecho que un trabajador del Departament y otro de IECISA manipulen y accedan a los datos personales vulnera este derecho. Los datos de carácter sindical están considerados especialmente protegidos por su propia naturaleza en el artículo 7 de la mencionada Ley, y por tanto esperamos que se respete la privacidad y confidencialidad a la hora de ejercer el derecho de acceso, modificación y eliminación. Quinto .- Tenemos constancia que se ha permitido el acceso no autorizado a nuestras estaciones de trabajo, incumplimiendo descaradamente el artículo 9.1 de la Ley mencionada, así como el artículo 18 de la Constitución Española que especifica el derecho a la intimidad personal, además, teniendo en cuenta el carácter sindical de los datos, podríamos encontrarnos ante un posible caso de espionaje sindical. Por todo ello, pedimos que se investigue el cumplimiento de la normativa vigente con el fin de buscar responsabilidades. Sexto .- Dado que el Departament conoce perfectamente la normativa que dice cumplir, pedimos recibir por escrito la metodología seguida en casos como el nuestro y las piezas del mecanismo burocrático que se han puesto en funcionamiento para garantizar nuestros derechos y el cumplimiento de la normativa vigente.
Sección Sindical de CNT-AIT en el Área de Gestión de Infraestructuras (A.G.I.) del Departament de Territori i Sostenibilitat (DTES) de la Generalitat de Catalunya
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