Extraido de la web de laboro-spain.blogspot.com
Es habitual el despido pactado en el que el trabajador no cobra la indemnización,
pero firma la carta de despido en la que figura su importe. El trabajador no
suele saber que lo más probable (por no decir seguro) es que el empresario se
quede esta indemnización en dinero B. Los empresarios sí lo saben, pero se les "olvida"
decírselo al trabajador. La explicación es extraordinariamente simple:
El trabajador firma una carta en la que la empresa le comunica que se le despide,
se reconoce este despido como improcedente y se le "paga" la cantidad de x€ en
concepto de indemnización.
Por tanto, la empresa tiene una carta que justifica que han pagado x€. Por tanto
los pueden contabilizar como un gasto. A estos efectos sería como la factura de
un proveedor cualquiera o el recibo de la luz.
Al contabilizarlos como un gasto y tener el documento que lo justifica (la carta
de despido), pueden ir al banco y sacar x€ de la cuenta de la empresa, en
metálico.
En ese momento, el empresario tiene un sobre de x€ en su poder que se supone que
ha cobrado el trabajador. ¿Se los quedará el empresario? ¿Se los dará a un pobre
en la puerta del convento de las hermanas cucufatas? Qué dilema.
Hacienda ni se entera, porque la indemnización por despido improcedente está
exenta de IRPF si no sobrepasa el máximo legal de 45d/año. Obviamente está
exenta solo cuando la cobra el trabajador despedido, no cuando se la trinca el
empresariete hispánico.
En resumen, que pactar un despido y no cobrar la indemnización de x€ es
exactamente lo mismo que cobrarla y luego regalársela a tu jefe en un sobre sin
que te firme recibo alguno. El origen del asunto es que la inmensa mayoría de
los trabajadores ignoran que el dinero de la empresa no es del empresario.
Por tanto, los 10.000€ del despido que no cobraste cuando trabajabas de mecánico
se los agenció Manolo el del taller. Tú cobraste el paro, eso sí; pero quizá no
pensaste que el paro que cobraste entonces puede que sea el paro que ya no vas a
poder cobrar mañana. Quizá tampoco pensaste que le metiste 10.000€ más de gasto
al taller, con lo que puede que les facilitaras la tarea de despedir a tus ex
compañeros por causas económicas o incluso cerrar el taller sin pagar salarios
ni indemnizaciones ni menos aún a los proveedores. Que pague el FOGASA, o sea
entre todos.
Por tanto, los despidos pactados benefician al empresariete hispánico y
perjudican a las cuentas públicas e incluso al trabajador si detrás del pacto
hay una situación de acoso, maternidad, reducción de jornada o cualquier otra "menudencia"
por la que quien quiere realmente el despido es el empresariete hispánico, no el
trabajador. Lo que no quiere es pagarlo. Mejor dicho, quiere que la empresa lo
pague, pero no al trabajador sino a él directamente, que por algo es quien va a
salvar España.
Es habitual el despido pactado en el que el trabajador no cobra la indemnización,
pero firma la carta de despido en la que figura su importe. El trabajador no
suele saber que lo más probable (por no decir seguro) es que el empresario se
quede esta indemnización en dinero B. Los empresarios sí lo saben, pero se les "olvida"
decírselo al trabajador. La explicación es extraordinariamente simple:
El trabajador firma una carta en la que la empresa le comunica que se le despide,
se reconoce este despido como improcedente y se le "paga" la cantidad de x€ en
concepto de indemnización.
Por tanto, la empresa tiene una carta que justifica que han pagado x€. Por tanto
los pueden contabilizar como un gasto. A estos efectos sería como la factura de
un proveedor cualquiera o el recibo de la luz.
Al contabilizarlos como un gasto y tener el documento que lo justifica (la carta
de despido), pueden ir al banco y sacar x€ de la cuenta de la empresa, en
metálico.
En ese momento, el empresario tiene un sobre de x€ en su poder que se supone que
ha cobrado el trabajador. ¿Se los quedará el empresario? ¿Se los dará a un pobre
en la puerta del convento de las hermanas cucufatas? Qué dilema.
Hacienda ni se entera, porque la indemnización por despido improcedente está
exenta de IRPF si no sobrepasa el máximo legal de 45d/año. Obviamente está
exenta solo cuando la cobra el trabajador despedido, no cuando se la trinca el
empresariete hispánico.
En resumen, que pactar un despido y no cobrar la indemnización de x€ es
exactamente lo mismo que cobrarla y luego regalársela a tu jefe en un sobre sin
que te firme recibo alguno. El origen del asunto es que la inmensa mayoría de
los trabajadores ignoran que el dinero de la empresa no es del empresario.
Por tanto, los 10.000€ del despido que no cobraste cuando trabajabas de mecánico
se los agenció Manolo el del taller. Tú cobraste el paro, eso sí; pero quizá no
pensaste que el paro que cobraste entonces puede que sea el paro que ya no vas a
poder cobrar mañana. Quizá tampoco pensaste que le metiste 10.000€ más de gasto
al taller, con lo que puede que les facilitaras la tarea de despedir a tus ex
compañeros por causas económicas o incluso cerrar el taller sin pagar salarios
ni indemnizaciones ni menos aún a los proveedores. Que pague el FOGASA, o sea
entre todos.
Por tanto, los despidos pactados benefician al empresariete hispánico y
perjudican a las cuentas públicas e incluso al trabajador si detrás del pacto
hay una situación de acoso, maternidad, reducción de jornada o cualquier otra "menudencia"
por la que quien quiere realmente el despido es el empresariete hispánico, no el
trabajador. Lo que no quiere es pagarlo. Mejor dicho, quiere que la empresa lo
pague, pero no al trabajador sino a él directamente, que por algo es quien va a
salvar España.
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